Las gasolinas podrán incorporar hasta un 10% de bioetanol en volumen
Industria modifica las especificaciones de los carburantes para que puedan incluir más biocarburante
Revista Estaciones de servicio06/09/2010
EESS Digital.- El Consejo de Ministros del pasado viernes, 3 de septiembre, aprobó un Real Decreto que modifica las especificaciones técnicas de los carburantes para que gasolinas y gasóleos puedan incluir una proporción mayor de biocarburantes y se puedan cumplir así los objetivos relativos a utilización de carburantes de origen vegetal fijados tanto por el Gobierno español como por la Unión Europea.
Según explica el Ministerio de Industria, el Real Decreto aprobado el viernes busca colaborar en el cumplimiento de los objetivos nacionales de consumo de biocarburantes previstos para el año 2010 del sector de hidrocarburos de 1998, (fijados en un mínimo del 3,40% y el 5,83% en 2009 y 2010), y en la normativa por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, a través de una Orden Ministerial que fijó cuotas mínimas de bioetanol en gasolinas y de biodiésel en el gasóleo del 2,50% y el 3,90% en 2009 y 2010.
La principal novedad que introduce el nuevo texto legislativo es la modificación de diversos parámetros de las especificaciones, tanto de gasolinas como de gasóleos, para facilitar la incorporación de un mayor volumen de biocarburantes. Se habilita a las estaciones de servicio a utilizar gasolinas con un contenido máximo de oxígeno de 3,7% en masa y un contenido máximo de etanol de 10% en volumen.
Sin embargo, no todos los vehículos pueden consumir este carburante, por lo que el Real Decreto obliga a que hasta el 31 de diciembre de 2013 estén disponibles en el mercado nacional gasolinas con un contenido máximo de oxígeno de 2,7% en masa y un contenido máximo de etanol de 5% en volumen, lo que se conoce como gasolinas de protección que pueden consumir todos los vehículos.
Según explica el Ministerio de Industria, el Real Decreto aprobado el viernes busca colaborar en el cumplimiento de los objetivos nacionales de consumo de biocarburantes previstos para el año 2010 del sector de hidrocarburos de 1998, (fijados en un mínimo del 3,40% y el 5,83% en 2009 y 2010), y en la normativa por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, a través de una Orden Ministerial que fijó cuotas mínimas de bioetanol en gasolinas y de biodiésel en el gasóleo del 2,50% y el 3,90% en 2009 y 2010.
La principal novedad que introduce el nuevo texto legislativo es la modificación de diversos parámetros de las especificaciones, tanto de gasolinas como de gasóleos, para facilitar la incorporación de un mayor volumen de biocarburantes. Se habilita a las estaciones de servicio a utilizar gasolinas con un contenido máximo de oxígeno de 3,7% en masa y un contenido máximo de etanol de 10% en volumen.
Sin embargo, no todos los vehículos pueden consumir este carburante, por lo que el Real Decreto obliga a que hasta el 31 de diciembre de 2013 estén disponibles en el mercado nacional gasolinas con un contenido máximo de oxígeno de 2,7% en masa y un contenido máximo de etanol de 5% en volumen, lo que se conoce como gasolinas de protección que pueden consumir todos los vehículos.