¿Es efectiva la normativa sobre transporte escolar?
Cada día cerca de 600.000 niños utilizan el transporte escolar. La ley establece con claridad que “los menores de más de 3 años y de menos de 135 cm deberán viajar en el autobús obligatoriamente con un sistema de retención infantil homologado y si no se dispone de él, se emplearán los cinturones de seguridad siempre que sean adecuados a su estatura y peso”. Pero los expertos en seguridad vial infantil advierten de que esta ley es insuficiente, incluso aunque se aplicase con absoluto rigor, puesto que carece de los elementos mínimos e imprescindibles para garantizar la seguridad de los menores que viajan en estos vehículos. Por esta razón, es necesario y urgente avanzar rápidamente en el desarrollo de una Normativa Europea para la definición y regulación de los sistemas de retención infantil en el transporte escolar en autobuses y autocares.
AESVi: “Una ley insuficiente que, además, se incumple”
¿Por qué es insuficiente la normativa sobre transporte escolar? Desde AESVi, remarcan que sencillamente porque la gran mayoría de los vehículos destinados al transporte escolar no cuentan con sistemas de seguridad adaptados a los pequeños, lo que supone un incumplimiento flagrante de la ley y, por lo tanto, un grave riesgo para la seguridad de los niños que viajan en ellos. Además, los cinturones de seguridad de estos vehículos tampoco son válidos para los niños. Los cinturones de dos puntos de anclaje, que dejaron de utilizarse en los automóviles por su ineficacia, todavía siguen instalados en demasiados vehículos destinados al transporte escolar. Por su parte, los cinturones de tres puntos han sido ideados para adultos, de manera que no son adecuados ni eficaces para niños con una talla inferior a los 135 cm.
Ante esta situación tan grave del transporte escolar en nuestro país, desde la Alianza Española para la Seguridad Vial Infantil, AESVi, único foro de expertos nacionales e internacionales en seguridad vial infantil de España, se preguntan cuál es la razón por la que las autoridades permiten este incumplimiento deliberado de la ley que, insisten, pone en grave riesgo la integridad física de los niños y las niñas que viajan en los autobuses escolares.
“Para la administración pública, responsable de hacer cumplir la ley, y más concretamente para la Dirección General de Tráfico, la razón para permitir esta ilegalidad es, según sus propias declaraciones públicas, evitar a los autobuses la incomodidad de transportar las sillas infantiles y abrochar y desabrochar a los niños, olvidando que la ley que ellos mismos redactaron tiene como finalidad su cumplimiento inexcusable para garantizar la seguridad de los niños. Si la seguridad vial infantil es importante para las autoridades competentes, no es comprensible que estas ejerzan presión sobre las familias y el transporte de menores en el vehículo particular y, sin embargo, se olviden de ella cuando se trata del transporte de esos mismos menores en vehículos colectivos. Esta incongruencia no solo debilita el mensaje de concienciación con relación a la seguridad vial infantil, sino que resta credibilidad a las propias autoridades responsables de velar por la seguridad de los niños”, concluyen desde AESVi.