Actualidad Info Actualidad

La instalación voluntaria de cámaras en mataderos en los últimos años muestra el compromiso del sector con el cumplimiento de los más elevados estándares de bienestar animal, dando respuesta a las nuevas expectativas sociales

Los sistemas de videovigilancia en mataderos refuerzan la estrategia de bienestar animal del sector cárnico

Redacción Interempresas09/11/2022

Anice celebró una jornada formativa sobre el nuevo Real Decreto de Videovigilancia del Bienestar Animal en Mataderos, que entrará en vigor en agosto de 2023. En el encuentro se presentó la Guía elaborada por Anice para facilitar a sus empresas asociadas la implementación del nuevo sistema de autocontrol de bienestar animal.

La industria cárnica española opera bajo un estricto marco normativo de protección del bienestar animal, cumpliendo rigurosamente con la legislación vigente y trabajando día a día para lograr una mayor eficiencia en el bienestar animal.

En este contexto, el pasado 24 de agosto se publicó en el BOE el Real Decreto 695/2022, del Ministerio de la Presidencia, por el que se establecen las medidas para el control del bienestar de los animales en los mataderos mediante la instalación obligatoria de Sistemas de Videovigilancia del Bienestar Animal en Mataderos (SVBA).

Para ayudar a las empresas en la implementación de estas nuevas obligaciones, Anice celebró el 3 de noviembre una jornada formativa para las empresas asociadas con un doble enfoque, presentar los requisitos legales que supone esta normativa y mostrar ejemplos de soluciones tecnológicas de videovigilancia disponibles actualmente en el mercado.

La instalación voluntaria de cámaras en mataderos es un compromiso del sector cárnico español con el bienestar animal
La instalación voluntaria de cámaras en mataderos es un compromiso del sector cárnico español con el bienestar animal.

Esta normativa permitirá establecer herramientas adicionales de control que garanticen que, en todos los mataderos españoles (incluidos los móviles), se minimice el sufrimiento animal, por ejemplo, durante la descarga, el traslado, la estabulación o el aturdimiento de los animales.

Las cámaras de videovigilancia deberán abarcar las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la muerte de los animales. Los sistemas de videovigilancia no serán obligatorios en las zonas de espera donde se encuentran los medios de transporte con animales vivos antes del inicio de la descarga, pero las empresas sí deberán llevar un control del tiempo de permanencia de los animales en los vehículos. En el caso de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que presenten signos de vida.

Los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes relativas a la descarga, alojamiento en los corrales, conducción a la zona de aturdimiento, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado hasta la muerte para posibles comprobaciones a posteriori. También tendrán que asegurar la reproducción, la copia o la transmisión de las mismas a otros dispositivos con igual calidad que la grabación original.

Imagen

El encuentro sirvió también como marco para presentar la Guía de aplicación elaborada por Anice, en la que se recogen las principales disposiciones del Real Decreto 695/2022, poniendo a disposición de los mataderos asociados un modelo de programa normalizado de trabajo para la gestión y control del sistema de videovigilancia.

La finalidad de este sistema es la de servir de herramienta de mejora de los protocolos de autocontrol de las empresas en el cumplimiento de la normativa de bienestar de los animales destinados a la producción de alimentos y, al mismo tiempo, reforzar la transparencia de un sector muy comprometido en dar respuesta a las expectativas sociales en torno a la protección del bienestar animal.

Con la aprobación de esta medida, que ha contado con el impulso y la participación de Anice en la tramitación del Real Decreto, España se convierte en el primer país de la UE en legislar en esta materia, aunque es importante recordar que un elevado número de mataderos españoles ya se habían adelantado voluntariamente en los últimos años a esta nueva obligación legal con la implantación de cámaras en los establecimientos de sacrificio, al tratarse de una exigencia prevista en la certificación Interporc Animal Welfare Spain (IAWS), que a día de hoy cuenta con la adhesión voluntaria de un 60% del sacrificio de porcino en España. Una práctica también habitual en los establecimientos de sacrificio de vacuno y de ovino españoles.

Empresas o entidades relacionadas

Asociación Nacional de Industrias de La Carne de España

Comentarios al artículo/noticia

Deja un comentario

Para poder hacer comentarios y participar en el debate debes identificarte o registrarte en nuestra web.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos