Actualidad Info Actualidad

Modificación temporal del pliego de condiciones de Ternera Gallega que permite congelar la carne certificada

20/04/2020

El Consejo Regulador de la IGP Ternera Gallega autoriza la congelación de la carne certificada mientras duren las medidas excepcionales decretadas por las autoridades ante la crisis del coronavirus. Las piezas congeladas bajo el amparo de la Indicación Geográfica Protegida solo podrán comercializarse hasta finales de año. Esta decisión implica un cambio temporal de su pliego de condiciones, efectivo desde el 17 de abril con su publicación en el DOG.

El Consejo Regulador autoriza la congelación de la carne certificada mientras duren las medidas excepcionales
El Consejo Regulador autoriza la congelación de la carne certificada mientras duren las medidas excepcionales.

Ante la situación provocada por el COVID-19, con el consecuente estado de alarma y sus prórrogas, el sector del vacuno se ha visto afectado por el cierre de la hostelería y la restauración. Situación a la que no es ajena Ternera Gallega, que comercializa parte de su producto en el canal horeca. En este contexto, el Consejo Regulador considera que congelar la carne certificada durante un tiempo limitado permitirá su salida equilibrada al mercado y atenuará las dificultades con las que se puedan encontrar las ganaderías e industrias inscritas.

La congelación de las piezas de carne certificada estará permitida únicamente mientras dure el estado de alarma u otras medidas similares que puedan adoptar las autoridades. Y las piezas congeladas bajo el sello de Ternera Gallega solo podrán comercializarse al consumidor final hasta el 31 de diciembre de este año.

Estas piezas deberán cumplir los requisitos aplicables a la comercialización de carne de vacuno congelada, incluyendo la información al consumidor sobre el proceso de congelación, la fecha de consumo preferente y la relativa a la excepcionalidad de su venta bajo la protección de la IGP.

La modificación en el reglamento de Ternera Gallega es posible ya que la normativa europea que regula las IGP y DOP admite introducir cambios temporales en sus pliegos de condiciones debido a situaciones sanitarias y fitosanitarias obligatorias impuestas por las autoridades públicas.

Comentarios al artículo/noticia

Deja un comentario

Para poder hacer comentarios y participar en el debate debes identificarte o registrarte en nuestra web.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos