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La sucesión, una cuestión legal y fiscal que hay que resolver

Ricard Agustín, fundador de Family Business Solutions y consultor de empresas familiares

27/11/2020
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El relevo generacional es un momento sensible para las familias empresarias, porque despierta las emociones familiares e implica un cambio de liderazgo, por lo que es frecuente que los conflictos afloren justamente durante este proceso, cuando la generación anterior, que actuaba como punto de equilibrio entre hermanos y primos, sale del negocio.

Pero más allá del aspecto emocional, del que ya hemos hablado en otras ocasiones, la sucesión también es una cuestión legal y fiscal que hay que resolver adecuadamente. Esta cuestión puede ser más o menos compleja en función de la dimensión de la empresa y del patrimonio familiar, pero muy probablemente la familia requerirá de la ayuda de un profesional para afrontarla.

La vertiente legal de la sucesión

Dotarse de normas y planificar el relevo generacional significa dar un paso importante para la eficacia empresarial y la armonía familiar, al margen de que da mucha tranquilidad para el viaje que supone el proyecto familiar común. Con esta finalidad existen distintos instrumentos legales que permiten ordenar la sucesión, prever con tiempo la organización futura de la sociedad y evitar, en la medida de lo posible, los conflictos familiares.

En la práctica, la herramienta que más utilizan las empresas familiares para regular el proceso de relevo generacional y consensuar las normas que deben regir la relación familia-empresa-propiedad en el futuro es el Protocolo familiar. Alrededor del 80% de las familias se suele decantar por esta opción, mientras que otros instrumentos de menor calado, como los Pactos de familia o los Pactos sucesorios, se usan en bastante menor medida. Para que cumpla su función, un buen Protocolo familiar debería estar hecho a medida de la familia empresaria y de la empresa familiar, ser acordado por todos los familiares implicados e implicar un proceso de reflexión familiar para consensuar la visión compartida.

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Evidentemente, contar con un buen asesoramiento legal es importante para conocer qué se está firmando realmente y qué implicaciones conllevará el Protocolo familiar, puesto que no deja de ser un contrato privado que obliga legalmente a sus firmantes, además de implicar un compromiso moral con la familia. Para brindar una mayor seguridad jurídica, las sociedades familiares pueden publicar el Protocolo familiar para darle publicidad y también es posible establecer el cumplimiento del mismo como prestación accesoria en los estatutos sociales, una cláusula que permitiría excluir de la compañía al socio incumplidor del Protocolo familiar.

Por otro lado, existen una serie de documentos complementarios o de ejecución que son necesarios o simplemente convenientes para implementar y/o ejecutar los acuerdos alcanzados y reflejados en el Protocolo familiar. Entre estos encontramos los estatutos sociales, los pactos privados entre socios, los testamentos y las capitulaciones matrimoniales, que deben estar en consonancia con lo que la familia ha consensuado en el Protocolo familiar. El adecuado tratamiento jurídico de las cláusulas acordadas por los firmantes es una garantía para la continuidad de la empresa familiar y, muy probablemente, requerirá de la intervención de un consultor o jurista experto en la materia.

La vertiente fiscal de la sucesión

En cuanto a la vertiente fiscal, me consta que este es uno de los principales motivos de preocupación de las familias empresarias, especialmente por el grado de desconocimiento sobre las leyes tributarias, muy cambiantes y no siempre de fácil interpretación, y por las implicaciones que tiene a nivel familiar y empresarial y el impacto económico que puede llegar a suponer.

Es importante que, antes del relevo generacional, la familia prevea el posible impacto fiscal de sucesiones, donaciones y otras transmisiones patrimoniales. Existen ventajas fiscales para las familias empresarias, entre las que destacan las exenciones o bonificaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio y las reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero para poder beneficiarse de las mismas se deben cumplir escrupulosamente los requisitos fijados legalmente, para poder así ser considerados efectivamente como una empresa familiar desde el punto de vista fiscal.

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Que la planificación fiscal del relevo generacional se haga bien puede suponer un ahorro importante en la tenencia de las participaciones o acciones de la compañía y en el momento de transmitir el negocio. Pero, en caso contrario, si no se cumplen correctamente los requisitos legales, se debería pagar la parte del impuesto que se hubiere dejado de ingresar más los intereses de demora.

Al margen del ámbito legal y fiscal, existen determinados procesos y operaciones, como son las fusiones y las adquisiciones, la planificación tributaria, las reestructuraciones societarias y patrimoniales o la regulación de los órganos de gobierno, entre otros, que para llevarse a cabo precisan de la participación de un abogado de empresa familiar que comprenda las particularidades de estos negocios y que, además de una empresa y de un patrimonio, también está en juego la familia.

En conclusión, como ya os anticipaba al inicio del artículo, contar con un equipo de profesionales que proporcione un buen asesoramiento legal y una óptima planificación fiscal antes del relevo generacional es sinónimo de tranquilidad y de fuertes ahorros y es clave para el futuro de la empresa familiar.

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