La CNMC impone una sanción de 32,4 millones a Cepsa, Disa, Galp, Meroil y Repsol
Revista Estaciones de servicio27/02/2015
Cada vez son más las voces que critican el informe de la CNMC (presidida por José María Marín Quemada) sobre las desatendidas.
La Comisión de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto sendas sanciones a Cepsa, Disa, Galp, Meroil y Repsol tras haber acreditado infracciones del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consistentes en los diversos acuerdos e intercambios de información entre los operadores citados. La multa conjunta asciende a 32,4 millones de euros.
Según las investigaciones del órgano regulador, Cepsa y Repsol establecieron un acuerdo dirigido a coordinar los precios de las estaciones de servicio de Brea de Aragón e Illuefa, ambas en la provincia de Zaragoza, en julio de 2013. Ambas compañías, según la CNMC, fijaron un pacto de no agresión en julio y agosto de 2011 en “relación con las acciones de injerencia de cada una de ellas en las estaciones abanderadas por la otra”.
Asimismo, el organismo presidido por José María Marín Quemada, afirma que ambas compañías mantuvieron varios intercambios de información estratégica durante los años 2011, 2012 y 2013 en relación a aquellas gasolineras “que son gestionadas por una de ellas y se encuentran abanderadas y suministradas en exclusiva por la otra operadora”.
Otro de los pactos contrarios a la competencia, de no agresión en precios, fue el alcanzado entre Cepsa y Disa entre julio y septiembre de 2011, así como el acuerdo entre ambas operadoras sobre los precios a aplicar en Ceuta en julio de 2013.
La CNMC también ha sancionado diversos intercambios de información entre Disa y Meroil producidos en 2012 en relación a los precios aplicados en las estaciones de servicio del entorno de Sant Joan Despí (Barcelona), y un año después sobre sus márgenes operativos. Meoril también intercambió información con Galp en relación a un contrato de suministro y abanderamiento, no especificado por el órgano regulador, en mayo de 2013.
Antes estas conductas la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha decidido imponer las siguientes multas: 20 millones de euros a Repsol, 10 a Cepsa, 1,3 millones a Disa, 800.000 euros a Galp y 300.000 a Meroil.
El S/0484/13, aún pendiente de resolución
Las sanciones se corresponden con el expediente S/0474/13, que la CNMC incoó el pasado 29 de julio de 2013. Debido a la diferente naturaleza de las conductas detectadas entonces, la Comisión procedió al desglose de dicho expediente en dos: el S/0474/13, que se resuelve con las multas citadas anteriormente, y el S/0484/13, aún pendiente de resolución, por la coordinación en materia de precios entre cada uno de los operadores de productos petrolíferos y los empresarios independientes que operan en sus respectivas redes de distribución de combustible de automoción.
Fuentes de la CNMC recuerdan que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, aunque si se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Según las investigaciones del órgano regulador, Cepsa y Repsol establecieron un acuerdo dirigido a coordinar los precios de las estaciones de servicio de Brea de Aragón e Illuefa, ambas en la provincia de Zaragoza, en julio de 2013. Ambas compañías, según la CNMC, fijaron un pacto de no agresión en julio y agosto de 2011 en “relación con las acciones de injerencia de cada una de ellas en las estaciones abanderadas por la otra”.
Asimismo, el organismo presidido por José María Marín Quemada, afirma que ambas compañías mantuvieron varios intercambios de información estratégica durante los años 2011, 2012 y 2013 en relación a aquellas gasolineras “que son gestionadas por una de ellas y se encuentran abanderadas y suministradas en exclusiva por la otra operadora”.
Otro de los pactos contrarios a la competencia, de no agresión en precios, fue el alcanzado entre Cepsa y Disa entre julio y septiembre de 2011, así como el acuerdo entre ambas operadoras sobre los precios a aplicar en Ceuta en julio de 2013.
La CNMC también ha sancionado diversos intercambios de información entre Disa y Meroil producidos en 2012 en relación a los precios aplicados en las estaciones de servicio del entorno de Sant Joan Despí (Barcelona), y un año después sobre sus márgenes operativos. Meoril también intercambió información con Galp en relación a un contrato de suministro y abanderamiento, no especificado por el órgano regulador, en mayo de 2013.
Antes estas conductas la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha decidido imponer las siguientes multas: 20 millones de euros a Repsol, 10 a Cepsa, 1,3 millones a Disa, 800.000 euros a Galp y 300.000 a Meroil.
El S/0484/13, aún pendiente de resolución
Las sanciones se corresponden con el expediente S/0474/13, que la CNMC incoó el pasado 29 de julio de 2013. Debido a la diferente naturaleza de las conductas detectadas entonces, la Comisión procedió al desglose de dicho expediente en dos: el S/0474/13, que se resuelve con las multas citadas anteriormente, y el S/0484/13, aún pendiente de resolución, por la coordinación en materia de precios entre cada uno de los operadores de productos petrolíferos y los empresarios independientes que operan en sus respectivas redes de distribución de combustible de automoción.
Fuentes de la CNMC recuerdan que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, aunque si se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.