Se endurecen los controles a empresas en relación a las horas realizadas por sus trabajadores
El empresario debe saber que tiene la obligación legal de implantar un sistema para el control horario de sus trabajadores, y que de no hacerlo se expone a las posibles sanciones derivadas de una inspección.
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El sistema o modelo será elegido libremente por la empresa dado que la ley nada dice sobre este particular, no obstante debe ser un sistema de registro que garantice la fiabilidad y la invariabilidad de los datos. El registro de la jornada deberá ser diario e incluir el horario concreto de entrada y salida respecto de cada trabajador.
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Esta nueva normativa está provocando un incremento en la venta de sistemas para realizar dicho control horario (hardware y software), que es interesante sea aprovechado por el distribuidor/ instalador del sector. La tendencia es el uso de equipos de identificación por patrón biométrico (huella dactilar fundamentalmente).
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Pero el hincapié se debe realizar sobre el software que gestiona el equipo. Normalmente el fabricante regala uno el cual no responde muchas veces a las necesidades de la empresa. El software aloja una base de datos donde se van volcando los fichajes de entrada/salida que van realizando los trabajadores. A partir de esa información, el software permite generar diferentes informes, entre ellos importante verificar que alguno cumpla con lo requerido en las posibles inspecciones.