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Qué fácil es legislar, qué difícil es construir

Albert Estapé, vicepresidente de la Asociación de Empresas Eléctricas (Aseme)26/04/2023

Llegan voces desde Europa de un nuevo despliegue del Green Deal. Esta vez en forma de una ambiciosa ley para desarrollar infraestructuras alternativas energéticas. Los que estamos en el sector, nos deberemos aprender sus nuevas siglas AFIR, (Alternative fuels infrastructure regulation). Las nuevas normas AFIR pretenden garantizar que los estados miembros deben crear una infraestructura de combustibles alternativos suficiente y fácil de usar para carreteras, transporte marítimo y aviación. Esto permitirá el uso de vehículos de carretera de cero emisiones, en particular vehículos ligeros y pesados eléctricos y de hidrógeno, así como el suministro de electricidad a embarcaciones amarradas y aeronaves estacionarias. En concreto, estos objetivos deberían cumplirse en 2025 o 2030. Le queda aún trámite parlamentario en Bruselas, pero llegará en forma de reglamento europeo y, como tal, no necesitará transposición a la legislación nacional.

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Como pequeño resumen transcribo la nota de prensa de la UE:

  1. La infraestructura de recarga para coches y furgonetas tiene que crecer al mismo ritmo que la captación de vehículos. A tal fin, por cada coche eléctrico de batería matriculado en un Estado miembro determinado, debe proporcionarse una potencia de salida de 1,3 kW mediante una infraestructura de recarga accesible al público. Además, cada 60 km a lo largo de la red transeuropea de transporte (RTE-T), será necesario instalar estaciones de recarga rápida de al menos 150 kW a partir de 2025.
  2. Deberán instalarse estaciones de recarga dedicadas a vehículos pesados con una potencia mínima de 350 kW. Se deberán situar cada 60 km a lo largo de la red básica de la RTE-T y cada 100 km en la red global de la RTE-T a partir de 2025, con la cobertura de la red debe lograrse para 2030. Además, las estaciones de recarga deben instalarse en áreas de estacionamiento seguras y protegidas para recargar durante la noche, así como en nodos urbanos para vehículos de reparto.

No debemos olvidar que en España está pendiente desde el año 2018 el desarrollo la normativa que los distribuidores de energía eléctrica deberían actuar "como último recurso" instalando postes de recarga en los puntos donde la iniciativa privada no lo haga por sí misma (art. 21 del Real Decreto Ley 15/2018).

También el Real Decreto 1125/2021 obliga a los propietarios de las gasolineras más importantes en cuanto a volúmenes de venta, a la instalación de puntos de recarga.

En paralelo a todas estas iniciativas, las empresas distribuidoras hemos presentado recientemente nuestros planes de inversión para el 2024-25-26 y actualmente se encuentran en trámite en las comunidades autónomas. Estos planes incluyen también el cumplimiento de la obligación derivada del Real Decreto-Ley 6/2022 que supone a destinar el 10% del volumen de inversión de las empresas distribuidoras para aumentar las capacidades de acceso a la red para dar entrada a la numerosa generación renovable que "hacen cola" en muchos nudos de la red esperando la deseada capacidad.

Como resumen de los párrafos anteriores fácilmente se visualiza la necesidad de un incremento de la implantación de nuevas infraestructuras sobre el territorio, especialmente en ámbitos rurales por doble motivo: para la instalación de estos potentes puntos de recarga en las carreteras y de nuevo como hace 100 años, volver a reforzar o crear nuevas infraestructuras para llevar energía de las zonas rurales donde se implanta la generación renovable hacia a las ciudades.

El diálogo que ha llenado muchas páginas y ha gastado mucha tinta durante estos últimos años alrededor de la palabra "Smart grid" y flexibilidad en la que la combinación de ambas suponía no tener que crecer tanto en infraestructura y optimizar la existente, no queda invalidado porque la red debe ser inteligente y óptima pero queda claro que hace falta una nueva red física para dar respuesta a la nueva demanda.

De las legislaciones citadas, ninguna de ellas tiene como objetivo la simplificación administrativa y si alguna se ha creado como la Ley 1/2021, realmente no ha supuesto en la gran mayoría de casos que los trámites sean ágiles.

Al margen de la presión que sufren los territorios rurales para la implantación de parques solares, en particular, quiero incidir en la presión adicional que el territorio rural está recibiendo en forma de "declaraciones de utilidad pública" para la "imposición" de la nueva infraestructura de red que se crea para evacuar la energía de los parques de generación.

La concentración de población en las ciudades sigue aumentando y la despoblación en las zonas rurales también aumenta. Nadie aún en el mundo ha conseguido frenar esta dinámica pese a los muchos intentos y esfuerzos de todo tipo. No hemos sido hasta el momento, capaces de crear una dinámica disruptiva que rompa la espiral que alimenta el crecimiento de las ciudades.

Sólo mirando disposiciones de ámbito eléctrico, no existe la igualdad de trato: en la ciudad las solicitudes de conexión eléctrica hasta 100 kW el sistema lo cubre con un baremo, es decir un precio fijo por kW, mientras que en zona rural la inversión íntegra va a cargo del solicitante. Esta normativa por si misma ya no ayuda a la repoblación de zonas y reconstrucción de casas aisladas.

Las empresas de distribución de energía eléctrica de ámbito local que están asociadas en Aseme, perciben diariamente esta realidad desde los territorios rurales. Llevamos 100 años implantando líneas eléctricas para el servicio del propio territorio sin necesidad de “expropiaciones” llegando a acuerdos más o menos fáciles con propietarios y particulares. Sólo en un mínimo de casos se hace necesaria la expropiación o declaración de utilidad pública, pero actualmente, la nueva infraestructura a poner sobre el territorio ya no es siempre para dar servicio eléctrico a unas necesidades de vecinos o del municipio propio sino para beneficio de terceros ajenos a este entorno y esto complica el panorama.

Cuando los precios de la electricidad son demasiado a menudo titular de primera noticia en los medios de comunicación, cuando se pagan cantidades importantes por terrenos para implantar placas solares, cuando se pagan indemnizaciones cuantiosas para el paso de líneas eléctricas particulares procedentes de parques de generación, ya son muchos los propietarios que no distinguen quién implanta la infraestructura, si una empresa privada de generación o una empresa de distribución de energía eléctrica, lógicamente, quieren vinculan su permiso a cierta proporcionalidad con el negocio de vender energía eléctrica. Quiero recordar en su lógica defensa la realidad económica de la agricultura que para poner un ejemplo que nos sirva a los que vivimos en ciudad, un campesino debe vender como mínimo 20 kg de fruta para comprar un botellín de agua en un bar de la ciudad.

En resumen, las empresas de distribución de energía eléctrica preparamos planes de inversión como consecuencia de unas necesidades eléctricas para la mejora de la red existente pero el gran volumen viene derivado de la aplicación de las nuevas normativas vinculadas a la necesaria transformación energética y pasa por implantar infraestructura sobre el territorio.

Si queremos ver estos planes que se cumplan en los plazos previstos, algo importante y diferente debemos realizar en dos sentidos: por un lado dar agilidad a las múltiples tramitaciones administrativas, pero además no debemos olvidar la realidad del territorio y su lógica demanda de compensación para el paso de estas infraestructuras, cuyos precios se encuentran ya fuera de los márgenes que las empresas reguladas tenemos reconocidos en los precios unitarios para la construcción de esta más que necesaria red de distribución de energía eléctrica.

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