Las centrales termosolares: valor en alza
En el año 2014 se ha completado el proceso de reformas del sector eléctrico con un resultado claramente desbalanceado en contra de las energías renovables frente a las tecnologías de generación tradicional o los sectores del transporte y la distribución. En el caso concreto del sector termosolar las nuevas condiciones retributivas dejan muy afectada la rentabilidad real de las inversiones de las 50 centrales construidas – muy por debajo del 7,4% que la Ley asegura – así como los índices de cobertura del servicio de la deuda. Por ello toca ahora dedicarse, aún más si cabe, a optimizar la operación y negociar, en algunos casos, fórmulas que permitan aliviar las tensiones de tesorería que se han visto adicionalmente agravadas por el gran desfase temporal de la cobertura de las liquidaciones producido en este primer año de implantación del nuevo sistema.
El cambio más significativo en la última de las modificaciones normativas efectuadas (RD 4513/2014) es que la mayor parte de la retribución se hace en base a la inversión efectuada y no a la producción de energía, como originalmente se concibió en el RD 661/2007, con lo que se desincentiva el interés de los productores por aumentar la producción.
Esta última fórmula viene a consolidar los cambios regulatorios que desde finales de 2012 han reducido los ingresos de las centrales termosolares en más de una tercera parte, lo que ha motivado numerosas demandas de arbitraje ante el CIADI de los inversores internacionales, que a diferencia de los nacionales, si pueden utilizar este instrumento de reclamación frente al Estado Español. Los inversores españoles tendrán que esperar a las liquidaciones definitivas para poder reclamar sus derechos ante la justicia.
Luis Crespo, Secretario General de Protermosolar
Artículo publicado en: FuturENERGY Marzo 2015