Rehabilitación energética de edificios: una fachada y mucho más
El 13 de Setiembre de 2013 entró en vigor una orden que actualizó el Código Técnico de la Edificación. En él se han incluido, por vez primera, unos criterios para limitar el consumo de energía de los edificios. El propósito es acercar la construcción de nuevos edificios y cualquier intervención en los existentes a lo que deberá entenderse por “edificios de consumo casi nulo”. Se han eximido de cumplimiento a los proyectos en trámite de licencia así como a todas las solicitudes tramitadas hasta los seis meses siguientes a la publicación de la orden, otorgando además, en ambos casos, un plazo para la construcción. Es decir, hasta hoy, 13 de marzo de 2014, ni proyecto ni obra estaban obligados a cumplir la nueva norma.
Tenemos en España demasiada vivienda vacía y excesiva capacidad de producción eléctrica, ambas a un precio desorbitado para el usuario doméstico. ¿Se convertirá la rehabilitación energética de los edificios en otro tema de política de fachada o realmente notaremos pronto, en unidades reales de consumo de energía, una disminución de la demanda?
Atribuimos un 40% del consumo de energía al sector de la edificación, considerando tanto la etapa de construcción como la de uso. Una cuestión de confort y de bienestar individual, se convierte en un país –o continente- con gran dependencia energética en una cuestión estratégica y de geopolítica. Hoy Europa sabe, y constata en los conflictos bélicos que sufre en sus entrañas, que el consumo de energía hipoteca su desarrollo económico.
Artículo publicado en: FuturENERGY Marzo 2014