La cogeneración en 2014
En 2014 han culminado los efectos negativos de la llamada Reforma Energética que se inició con el RDL 1/2012, que impuso una moratoria a todo el Régimen Especial, al prohibir prácticamente desarrollar nuevas instalaciones que no hubiesen sido autorizadas previamente y que contasen con el registro que les autorizaba a ser retribuidas según el RD 661/2007.
Pero, no bastaba con esta moratoria, pues, a las instalaciones existentes y en operación se les gravó a través de la ley 15/2012 (diciembre) la electricidad vendida en el mercado (7% de su precio) y el combustible necesario para producirla (Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, también conocido como céntimo verde). Con ello se disminuía la retribución a la electricidad del llamado Régimen Es¬pecial y a la cogeneración se le incrementaba el coste de producción.
En diciembre de 2013 (RDL 9/2013) se deroga el RD 661/2007 que fijaba la retribución a la electricidad del Régimen Especial y se eliminan de esta retribución los complementos de reactiva (que se venía pa¬gando desde los años 80) y el de eficiencia, que era un incentivo que promovió el RD 661 en 2007 y se anuncia que se publicará un nuevo Régimen económico que tendrá carácter retroactivo. También se publica la Ley 24/2013 que debe definir las nuevas normas de retribución a la energía eléctrica producida por fuentes renovables y cogeneración de alta eficiencia. La nueva retribución contradice el reciente¬mente publicado RDL 2/2013 al obligar a un nuevo régimen basado en el mercado mayorista que se complementará con una retribución a la inversión (RI) y, en algunas tecnologías como la cogeneración, con una retribución a la operación (RO). Ambos complementos deberán ser fijados en un nuevo Real Decreto a publicar posteriormente.
José Mª Roqueta
Presidente honorario de Cogen España
Artículo publicado en: FuturENERGY Enero-Febrero 2015