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La Garantía de Producto es la que va a dar la tranquilidad para la instalación ya que si ocurre alguna avería, en cualquier elemento, se podrá reclamar al fabricante.

La letra pequeña de la garantía de las placas fotovoltaicas para autoconsumo

Redacción Interempresas08/05/2020

Con la aprobación del Real Decreto 244/2019 para autoconsumo en España en 2019, se ha producido un enorme interés para la instalación de este tipo de sistemas fotovoltaicos en viviendas y empresas. Una inversión muy rentable, de ahorro energético y respetuosa con el medio ambiente, para cualquier tipo de negocio y también para casas.

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Sin embargo, existe todavía mucha desinformación sobre cuáles pueden ser las pautas y recomendaciones que se deben seguir para elegir correctamente los paneles solares de este tipo de proyectos con energía solar.

¿Qué tipos de paneles solares existen?

Si nos detenemos en el tipo de células solares que integran los paneles solares, podemos distinguir dos tipos:

  1. Paneles Monocristalinos: Las de más rendimiento.
  2. Paneles Policristalinos: Menor rendimiento y algo más económicas

Pero adicionalmente al tipo de silicio que componen las células, existe otra variable que se debe tener en cuenta, que es el tipo de garantía que ofrecen estos equipos fotovoltaicos.

Tipos de garantía

Todos los paneles fotovoltaicos que ofrecen dos modalidades de garantía:

1. Garantía de Producto (o materiales), generalmente de 10-15 años.

2. Garantía de Producción (Potencia o Rendimiento), generalmente de 25 años.

A pesar de que ambas palabras se parecen mucho, su significado es diferente. La Garantía de Producto suele ser de 10-15 años, y se refiere a los materiales con los que está hecho el panel: los componentes, las conexiones, el vidrio, el tedlar posterior, etc.

La Garantía de Producción, también llamada de potencia o rendimiento, suele ser de 25 años y se refiere al rendimiento del panel; y cuánto va a ir reduciendo su potencia con el paso de los años.

¿Dónde está entonces la letra pequeña de esas garantías?

El mayor problema está en esa diferencia en los años de duración. La garantía de producción (rendimiento) nos da una falsa seguridad pues a partir de los 10-15 años que dura la de producto, la de producción no cubrirá las pérdidas de rendimiento si estos ocurren debido a problemas de producto. Esto significa que si, a partir del vencimiento de la garantía del producto se rompe el cristal o fallan las conexiones o similares, y esto afecta a la generación del panel, la garantía de rendimiento ya no lo cubrirá.

Es la Garantía de Producto la que va a dar la tranquilidad para la instalación ya que si ocurre alguna avería, en cualquier elemento, se podrá reclamar al fabricante.

Conclusiones

Debemos exigir siempre marcas con una trayectoria y reconocidas en el sector y, si es posible, placas solares fotovoltaicas cuyas garantías de producto y garantía de producción coincidan en su duración. Sobre todo, recomendable que sean siempre de 25 años ambas. Esto hará que una instalación de autoconsumo solar sea rentable y duradera.

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