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AEE alega ante la CNMC que la orden ministerial de parámetros y el RD de renovables deberían ser retirados y reformulados

28/02/2014

28 de febrero de 2014

La Asociación Empresarial Eólica (AEE) ha solicitado, en alegaciones ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que se retiren y reformulen tanto la propuesta de Orden Ministerial que fija los parámetros en los que se basará la futura retribución de las renovables como el borrador de Real Decreto de renovables, debido a los defectos legales de fondo y de forma. Ambas normas, que forman parte del paquete de la Reforma Energética y aún se encuentren en tramitación aunque tendrán vigor con efecto retroactivo desde el pasado 14 de julio, ponen en jaque el futuro del sector eólico en España.

AEE considera un sinsentido regulatorio abandonar un sistema de retribución en el que España ha sido pionera, justo ahora que la UE lo quiere adoptar para el ulterior desarrollo de las energías renovables de cara a los objetivos comunes para 2020, 2030 y 2050. La Comisión Europea afirma en sus propuestas de directrices sobre ayudas de Estado que el sistema de mercado más prima es el más adecuado para facilitar la competencia de las instalaciones de energías renovables en el mercado, poniendo así en valor la regulación española anterior a 2013.

La nueva normativa pone en peligro además el cumplimiento por parte de España del objetivo vinculante europeo establecido en la Directiva 2009/28/CE sobre el fomento de las energías renovables de cubrir un 20% de la demanda de energía final con fuentes energéticas renovables. Dado que el sector no ha sido consultado en la elaboración de la Reforma Energética, que los datos utilizados no se corresponden con su realidad y que no se especifican las fuentes ni el modo en que se ha llegado a los estándares, AEE solicita que se haga pública la metodología de cálculo.

AEE argumenta que la utilización de las Obligaciones del Estado a 10 años como referencia para el cálculo de la rentabilidad razonable no es aceptable y que se debería utilizar el coste medio ponderado del capital (Wacc en su acrónimo en inglés), referencia usada en todos los países miembros de la Ocde y en la anterior regulación española sobre energías renovables. Además, AEE considera que el objetivo de rentabilidad razonable debe ser fijo y no modificarse cada periodo regulatorio de 6 años para evitar inseguridad jurídica para los inversores.

En definitiva, AEE considera inadmisible el trato que se le da a la eólica, sin duda, la tecnología más penalizada por la Reforma Energética, precisamente cuando se ha convertido en la primera fuente de electricidad de los españoles tras décadas de desarrollo modélico y cumplimiento escrupuloso de los objetivos del regulador.

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