Se publica el Plan Renove de Ventanas en la Comunidad de Madrid
Los beneficiarios de las ayudas son las personas físicas o jurídicas titulares o arrendatarios de los inmuebles de la Comunidad de Madrid en los que se realice la reforma.
Las acciones subvencionables son las siguientes:
- Las ventanas que se instalen deben ser nuevas, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente, y tener como destino viviendas o edificios del sector terciario de la Comunidad de Madrid.
- Que la superficie mínima de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a la solicitud de ayuda sea de al menos 2 m2.
- Las características técnicas siguientes:
- Los marcos y hojas deberán ser de madera, metálicos, mixtos o de PVC.
- En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima severo en España.
- El marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas, debe tener una transmitancia térmica (U) menor a 2,3 W/m2 × K y el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer un valor de U menor o igual a 1,3 W/m2 × K, estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo y gas argón.
- Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire Clase 4.
- En el caso de sustitución de ventana con capialzado (persiana), que el cajón de persiana tenga permeabilidad al aire clase 4 e incorpore aislante térmico, de forma que el cajón tenga una transmitancia (U) menor o igual a 1,5 W/m2 × K.
- En todas las ventanas el herraje será perimetral, y en las de dos hojas movibles deberá incluirse palanca de rebajo en la hoja pasiva. Los fijos no requerirán herraje.
- En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
- Tanto el perfil, como el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante, el herraje, el cajón de persiana y el sistema de instalación deberán estar incluidos en la plataforma de gestión.
- El montaje de la carpintería se realizará con alguno de los dos sistemas siguientes:
- Con anclajes y bandas o cintas expansivas clase BG1 y BGR: estanqueidad al agua mayor o igual a 600 Pa según la DIN 18542, con un ancho de banda igual al espesor de la ventana menos unos 6 mm, así como los elementos de sujeción que garanticen la seguridad de la misma.
- Mediante el sistema de triple barrera. Los elementos interiores deberán de tener un valor sd superior a los elementos intermedios y exteriores, y deberán ser herméticos y resistentes al viento, los elementos intermedios deberán igualar o mejorar las propiedades térmicas y acústicas de la ventana. Los elementos exteriores deberán ser impermeables al agua, resistentes al viento y permeables al vapor.
- En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove de Ventanas la compra sin instalación; dicha instalación se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove de Ventanas que realice la sustitución.
- No se considerará actuación susceptible de ayuda:
- Las ventanas ubicadas en paramentos no verticales.
- Los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías.
- Se considerará actuación susceptible de ayuda la sustitución de elementos que ya cerrasen terrazas o balcones.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de las ayudas que podrán percibir los titulares o arrendatarios de las viviendas o edificios del sector terciario que realicen la sustitución de ventanas cumpliendo los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras ascenderá a 110 euros por cada m2 del vidrio instalado que se hayan acogido al Plan Renove de Ventanas, salvo que se supere el 25% del coste elegible, en cuyo caso la cuantía de la ayuda será el 25%del coste elegible.
Las ayudas se pueden solicitar desde el 23 de octubre de 2020 a través del Portal de Tramitaciones.
El plazo de presentación de solicitudes se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020.
La dotación presupuestaria para la convocatoria del Plan Renove de Ventanas 2020 será de 900.000,00 €. La cuantía de las ayudas que podrán percibir los solicitantes ascenderá a 110 euros por cada m2 de vidrio instalado, salvo que se supere el 25% del coste elegible, en cuyo caso la cuantía de la ayuda será el 25% del coste elegible.
Las solicitudes de ayuda se deben gestionar necesariamente a través de las empresas instaladoras adheridas al Plan Renove de Ventanas, cuyo listado se puede consultar aquí o accediendo a la sección correspondiente en el portal de tramitaciones.
Toda la información del Plan: https://www.fenercom.com/actuacion/plan-renove-de-ventanas-2020/.
Fuente: Asefave.