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Andalucía hace públicos los incentivos para la rehabilitación energética de sus edificios

02/11/2020

La Agencia Andaluza de la Energía ha informado de la publicación de la resolución de 26 de octubre de 2020, por la que se convocan para los años 2020 y 2021 los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.

Así, se consideran actuaciones subvencionables la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. Las actuaciones incentivables se llevarán a cabo en edificios para uno o varios de los siguientes usos:

  1. Edificios de vivienda unifamiliar
  2. Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda
  3. Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE)

Asimismo, se podrán encuadrar en una de las siguientes opciones:

  • Opción A: Incentivos destinados a intervenciones en edificios completos.
  • Opción B: Incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio.

El plazo de presentación de las solicitudes de incentivos comenzará a las 9 horas del día 17 de febrero de 2021 y permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión por la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en su defecto, el 31 de julio de 2021.

El importe del incentivo será la suma de una ayuda base y de la ayuda adicional que pudiera corresponder, en su caso, en función del cumplimiento de los criterios social, de eficiencia energética y de actuación integrada, y se determinará, para cada una de las tipologías de actuación, según los porcentajes, procedimiento y criterios establecidos en los Anexos I y IV del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto.

El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de incentivo será de dieciocho meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión del incentivo.

Las Bases reguladoras del PREE pueden consultarse aquí.

Fuente: Asefave.

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