El Gobierno desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento
Redacción Ciberperfil17/01/2011
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, mediante Real Decreto, el desarrollo de la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento tras la asunción de las competencias en materia de vivienda. El Ministerio de Fomento adquirió estas competencias mediante la reestructuración de los Departamentos ministeriales, aprobada en octubre de 2010, con el objetivo de conseguir la máxima eficacia y racionalidad en el funcionamiento de la Administración General del Estado.
La norma se centra, por tanto, en la integración de la estructura orgánica del extinto Ministerio de la Vivienda en la estructura orgánica del Ministerio de Fomento hasta el nivel de subdirección general.
Cabe destacar, por su novedad, la nueva competencia de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas relativa a la colaboración con la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, en la integración de las infraestructuras de interés general en las ciudades. El objetivo es poner en primer plano la mejora de la garantía del concepto de ciudad y de los espacios urbanos en los procesos de integración.
Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas De esta Secretaría de Estado depende la Secretaría General de Vivienda, con rango de subsecretaría, así como un nuevo órgano directivo: la Subdirección General de Coordinación y Gestión
Administrativa.
De la Secretaría General de Vivienda dependerán dos Direcciones Generales: de Arquitectura y Política de Vivienda; y de Suelo y Políticas Urbanas.
Los órganos con rango de Dirección General mantienen, en esencia, las mismas competencias atribuidas con anterioridad. Igualmente se mantienen los mismos órganos con rango de subdirección general que dependían de cada una de ellas.
En virtud de la reestructuración de los Departamentos ministeriales de octubre de 2010, se adscribe al Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas, la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES). Como consecuencia de ello, se modifica la titularidad de sus órganos de dirección, y, en concreto, de su Presidente, cargo que a partir de ahora asume la persona titular de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas.
Por su especialidad, se mantienen la Abogacía del Estado e Intervención Delegada en la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas, que se integran, respectivamente, en la Abogacía del Estado e Intervención Delegada de la Subsecretaría de Fomento.
La norma se centra, por tanto, en la integración de la estructura orgánica del extinto Ministerio de la Vivienda en la estructura orgánica del Ministerio de Fomento hasta el nivel de subdirección general.
Cabe destacar, por su novedad, la nueva competencia de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas relativa a la colaboración con la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, en la integración de las infraestructuras de interés general en las ciudades. El objetivo es poner en primer plano la mejora de la garantía del concepto de ciudad y de los espacios urbanos en los procesos de integración.
Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas De esta Secretaría de Estado depende la Secretaría General de Vivienda, con rango de subsecretaría, así como un nuevo órgano directivo: la Subdirección General de Coordinación y Gestión
Administrativa.
De la Secretaría General de Vivienda dependerán dos Direcciones Generales: de Arquitectura y Política de Vivienda; y de Suelo y Políticas Urbanas.
Los órganos con rango de Dirección General mantienen, en esencia, las mismas competencias atribuidas con anterioridad. Igualmente se mantienen los mismos órganos con rango de subdirección general que dependían de cada una de ellas.
En virtud de la reestructuración de los Departamentos ministeriales de octubre de 2010, se adscribe al Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas, la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES). Como consecuencia de ello, se modifica la titularidad de sus órganos de dirección, y, en concreto, de su Presidente, cargo que a partir de ahora asume la persona titular de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas.
Por su especialidad, se mantienen la Abogacía del Estado e Intervención Delegada en la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas, que se integran, respectivamente, en la Abogacía del Estado e Intervención Delegada de la Subsecretaría de Fomento.