El control externo es clave para garantizar la eficiencia energética de los edificios
Redacción Ciberperfil21/02/2012
A la hora de comprar un coche uno de los principales factores que nos ayudan a tomar la decisión es la diferencia de consumo entre unos modelos u otros. Lo mismo se extiende a aparatos que asumimos que tienen un gran gasto energético, como son los acondicionadores de aire, interés no falta. Una actitud menos extendida entre los usuarios es la de consultar la eficiencia energética de los edificios. Para ello disponemos de las certificaciones de eficiencia energéticas de las viviendas, ya impuestas en nuestro país, pero que quizás muchos usuarios desconozcan. Este certificado contiene información objetiva sobre las especificaciones energéticas de los edificios de forma que se pueda valorar y comparar su eficiencia energética.
El fin último de este certificado está en que el consumidor conozca si se encuentra ante un edificio de alta eficiencia energética. De esta forma el interesado podrá ejercer su derecho a la información correcta a la hora de comparar las diferentes opciones que hay en el mercado y tener una visión sobre su adecuado uso, consumo, impacto ambiental y disfrute energético.
Un edificio que cumple estrictamente el Código Técnico de la Edificación actual obtiene una clase de eficiencia energética “D”; la clase más eficiente, “A”, representa un ahorro mayor del 60% respecto a la clase “D”; y la clase menos eficiente, “G”, representa el doble de respecto a la clase “D”.
A pesar de que podamos encontrar una diferencia de precio sustancial entre los productos de las diferentes clases energéticas, no cabe duda que a la larga se amortiza el dinero invertido en los aparatos de eficiencia energética A o superiores. Todo esto configura un elemento importante a la hora de elegir la vivienda, más allá de su diseño o ubicación.
Recientemente se ha publicado el proyecto del Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética en los edificios existentes. Este nuevo decreto complementa al RD 47/2007 y añade que será exigible el Certificado de Eficiencia Energética en todos los contratos de arrendamiento o compraventa en todo tipo de viviendas, incluidas las existentes a partir del 1 de enero de 2013.
Sin embargo, alcanzar el fin último de la normativa solo será posible siempre y cuando exista un organismo que controle externamente las certificaciones energéticas de los edificios de manera homogénea en todo el territorio nacional. Lo primero es tener en cuenta el por qué de la directiva y no olvidarnos que su función es mejorar la información que obtienen las personas a la hora de comparar las diferentes viviendas, para poder tomar una decisión basada en la realidad.
Pero la realidad es que en nuestro país, a pesar de que la normativa exija desde 2007 la elaboración de los certificados, estos no están sometidos a un control externo o por lo menos no en todo el territorio español por igual. Es competencia de las comunidades autónomas establecer si se ha de realizar un control externo de los certificados o no.
Sí bien es cierto que comunidades autónomas como la Comunidad Valenciana, Galicia, Castilla la Mancha o Extremadura se han mostrado más comprometidas con la exigencia del control, existen otros territorios que tan solo ofrecen el registro de las certificaciones y no las someten a seguimiento. Aún más lejos quedan aquellas comunidades como la región de Murcia, Madrid o Aragón que todavía no han implantado el sistema para la certificación energética.
Esta situación no permite asegurar el objetivo de la normativa, que no es más que el derecho del consumidor de conocer la situación de calificación energética que le asegure que la vivienda en la que está interesado todavía es merecedora de la calificación obtenida el primer día.
No es comprensible que exista una normativa que obligue a los edificios a obtener un certificado de eficiencia energética y que se olvide el control y seguimiento de la calificación. Tampoco lo es que este permanezca en el tiempo certificando el mismo nivel de eficiencia a pesar de que este nivel haya cambiado.
Uno de los grandes problemas que nos encontramos en este país es la falta de concienciación en el ámbito energético. España se configura como un país insostenible, con una dependencia energética muy superior a la media europea.
Según el informe de la Subcomisión Parlamentaria de Análisis de la Estrategia Energética Española estamos muy lejos de la eficiencia, y señala que en 2010, para producir la misma cantidad de PIB España consumía un 24% más que la media de los países de la UE 15, y un 12% más que la media de los país de la UE 27.
Los datos solo confirman la necesidad de tomar todas las medidas para resultar más eficientes y poder reducir el gasto energético, y no lo alcanzaremos hasta que no se ponga de manifiesto la necesidad de elementos como el control, imprescindible para asegurar la vigencia de la eficiencia energética de las viviendas.
Manuel Romero
Gerente de ETRES Consultores
El fin último de este certificado está en que el consumidor conozca si se encuentra ante un edificio de alta eficiencia energética. De esta forma el interesado podrá ejercer su derecho a la información correcta a la hora de comparar las diferentes opciones que hay en el mercado y tener una visión sobre su adecuado uso, consumo, impacto ambiental y disfrute energético.
Un edificio que cumple estrictamente el Código Técnico de la Edificación actual obtiene una clase de eficiencia energética “D”; la clase más eficiente, “A”, representa un ahorro mayor del 60% respecto a la clase “D”; y la clase menos eficiente, “G”, representa el doble de respecto a la clase “D”.
A pesar de que podamos encontrar una diferencia de precio sustancial entre los productos de las diferentes clases energéticas, no cabe duda que a la larga se amortiza el dinero invertido en los aparatos de eficiencia energética A o superiores. Todo esto configura un elemento importante a la hora de elegir la vivienda, más allá de su diseño o ubicación.
Recientemente se ha publicado el proyecto del Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética en los edificios existentes. Este nuevo decreto complementa al RD 47/2007 y añade que será exigible el Certificado de Eficiencia Energética en todos los contratos de arrendamiento o compraventa en todo tipo de viviendas, incluidas las existentes a partir del 1 de enero de 2013.
Sin embargo, alcanzar el fin último de la normativa solo será posible siempre y cuando exista un organismo que controle externamente las certificaciones energéticas de los edificios de manera homogénea en todo el territorio nacional. Lo primero es tener en cuenta el por qué de la directiva y no olvidarnos que su función es mejorar la información que obtienen las personas a la hora de comparar las diferentes viviendas, para poder tomar una decisión basada en la realidad.
Pero la realidad es que en nuestro país, a pesar de que la normativa exija desde 2007 la elaboración de los certificados, estos no están sometidos a un control externo o por lo menos no en todo el territorio español por igual. Es competencia de las comunidades autónomas establecer si se ha de realizar un control externo de los certificados o no.
Sí bien es cierto que comunidades autónomas como la Comunidad Valenciana, Galicia, Castilla la Mancha o Extremadura se han mostrado más comprometidas con la exigencia del control, existen otros territorios que tan solo ofrecen el registro de las certificaciones y no las someten a seguimiento. Aún más lejos quedan aquellas comunidades como la región de Murcia, Madrid o Aragón que todavía no han implantado el sistema para la certificación energética.
Esta situación no permite asegurar el objetivo de la normativa, que no es más que el derecho del consumidor de conocer la situación de calificación energética que le asegure que la vivienda en la que está interesado todavía es merecedora de la calificación obtenida el primer día.
No es comprensible que exista una normativa que obligue a los edificios a obtener un certificado de eficiencia energética y que se olvide el control y seguimiento de la calificación. Tampoco lo es que este permanezca en el tiempo certificando el mismo nivel de eficiencia a pesar de que este nivel haya cambiado.
Uno de los grandes problemas que nos encontramos en este país es la falta de concienciación en el ámbito energético. España se configura como un país insostenible, con una dependencia energética muy superior a la media europea.
Según el informe de la Subcomisión Parlamentaria de Análisis de la Estrategia Energética Española estamos muy lejos de la eficiencia, y señala que en 2010, para producir la misma cantidad de PIB España consumía un 24% más que la media de los países de la UE 15, y un 12% más que la media de los país de la UE 27.
Los datos solo confirman la necesidad de tomar todas las medidas para resultar más eficientes y poder reducir el gasto energético, y no lo alcanzaremos hasta que no se ponga de manifiesto la necesidad de elementos como el control, imprescindible para asegurar la vigencia de la eficiencia energética de las viviendas.
Manuel Romero
Gerente de ETRES Consultores