El Gobierno dificulta más el impulso del urbanismo con reformas legales
A partir de ahora, media docena de licencias urbanísticas, entre las que se encuentran las de obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta, se entenderán rechazadas de forma automática si la Administración no responde en el plazo previsto, que es de tres meses.
Este efecto se produce por haberse creado una nueva norma en el Real Decreto Ley 8/2011 de 1 de julio en un capítulo denominado Seguridad jurídica en materia inmobiliaria. Los juristas coinciden en que efectivamente habrá mayor seguridad jurídica, ya que anteriormente se producía cierta confusión acerca de qué efecto tenía si la Administración no contestaba –favorable a conceder la licencia o no– y se arreglaba acudiendo a los tribunales. Ahora se establece por ley que ante la falta de respuesta se rechaza la licencia.
Sin embargo, hay expertos que coinciden en aventurar un escenario de más lentitud y costes para el sector. Como explica Antonio Ñudi, socio de Urbe Asesores, “todas las licencias de primera ocupación que no se contesten se considerarán denegadas, por lo que habría que impugnarlas en un contencioso”.
Fuente: CNC