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Nuevo Plan Renove de Ventanas de Galicia

01/02/2017
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El 31 de enero se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia, la orden de 27 de enero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones relativas al plan renove de ventanas promovido por la Xunta de Galicia, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión. La renovación consistirá en la sustitución de una ventana existente por otra de igual o inferior tamaño.

Las entidades colaboradoras del Plan Renove de ventanas son las encargadas de tramitar la solicitud, que consiste en hacer la reserva de fondos, presentar la solicitud y presentar la documentación justificativa de la actuación. La adhesión de entidades colaboradoras se podrá realizar desde el 1 hasta el 7 de febrero incluido.

Asimismo, el plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el día 1 de marzo y finalizará el 29 de septiembre de 2017. Las subvenciones reguladas en la presente orden totalizan un presupuesto de 1.500.000 euros.

El plan prevé subvencionar la renovación de ventanas que formen parte de la envolvente térmica del edificio por la compra de nuevas ventanas que dispongan de marcado CE conforme a la norma UNE EN 14351 - 1: 2006 + A1: 2011, y que cumplan con unas exigencias mínimas de eficiencia energética, como ventanas de madera y PVC con doble acristalamiento con cámara de 12 mm o superior para vidrios normales y doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con cristal bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

Asimismo, también serán subvencionables carpinterías metálicas con rotura de puente térmico de 12 mm o superior con doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con acristalamiento bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

La instalación de estas carpinterías deberá cumplir con la exigencia mínima establecida en el código técnico de la edificación que corresponda y según lo dispuesto en la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento básico DB-HE «Ahorro de energía», del código técnico de la edificación.

Asimismo, será subvencionable la colocación de una nueva ventana paralela a la existente (doble ventana), siempre y cuando esta nueva ventana satisfaga los requisitos energéticos citado, y la renovación de puertas que separen estancias calefactadas del exterior, siempre y cuando cumplan con las especificaciones técnicas de este artículo y tengan marco por todo el perímetro.

El plan considera, además, costes subvencionables la retirada de las ventanas existentes, la fabricación de las nuevas ventanas y su instalación, siempre y cuando venga detallado en la factura.

El plan entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 29 de septiembre de 2017. En el apartado de Justificación de la actuación se indica que como documentación justificativa del marcado CE se entregará la Declaración de prestaciones y se admitirá la etiqueta de eficiencia energética de la ventana.

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