El Consejo aprueba las Normas de Campaña para la vendimia 2010, que fijan los rendimientos máximos de producción y transformación
7 de septiembre de 2010
Dentro de las competencias que el actual reglamento de la Denominación atribuye al Consejo Regulador, y tras la reciente modificación llevada a cabo por el MARM el pasado 31 de julio, las Normas de Campaña aprobadas por el Pleno fijan el rendimiento del viñedo para esta próxima vendimia 2010 en un máximo autorizado de 5.850 kg por hectárea en uva tinta (un 10% menos que en la pasada campaña), mientras que para uva blanca el rendimiento máximo se mantiene en 9.000 kg por hectárea. Igualmente, el máximo de vino amparado en la transformación uva-vino se sitúa en 69 litros por cada 100 kilogramos de uva para las variedades tintas y 70 litros si se trata de blancas. Estas medidas de contención en los rendimientos de producción y transformación redundarán en la mejora de la calidad de los vinos elaborados, objetivo prioritario de la estrategia de Rioja para seguir marcando las diferencias cualitativas con la competencia, algo que le ha permitido liderar el ranking de preferencias de los consumidores, tanto en el mercado español como internacional.
Además, las medidas contribuirán a mantener el marco de equilibrio que se ha convertido durante los últimos años en pilar clave para un desarrollo estable y sostenido de la D.O. Calificada Rioja. Son los objetivos fundamentales que se han planteado los viticultores y bodegueros riojanos al adoptar unas medidas que, dentro del marco de libre competencia que exige el mercado, tratan de conjugar los diferentes intereses de productores y comercializadores, exigiendo esfuerzo a ambas partes con el único fin de superar la actual coyuntura de la mejor forma posible para todos y procurando garantizar en el futuro la rentabilidad tanto de las explotaciones vitícolas como de las bodegas.
Conforme al acuerdo del Pleno del Consejo Regulador de 8 de marzo de 2010, cada viticultor y elaborador podrá decidir voluntariamente y de mutuo acuerdo, la constitución de un “stock cualitativo” mediante la entrega de hasta 650 kgs./ha. de uva tinta por encima del rendimiento máximo amparable. Para acceder a la constitución de este “stock cualitativo” el viticultor deberá presentar al Consejo antes del 10 de septiembre, y en cualquier caso, antes de empezar la vendimia, la correspondiente declaración suscrita por ambas partes. El vino obtenido de estas uvas deberá permanecer en bodega hasta que el Consejo Regulador determine mediante un cálculo objetivo si resulta amparado en todo o solo en parte, o se debe destinar a destilación, en función de la evolución de las ventas y su relación con las existencias. Independientemente del rendimiento máximo amparable de 5.850 kg/ha y de la constitución o no del stock cualitativo por parte del viticultor, para esta vendimia 2010 se entenderá justificada la entrega en bodega de hasta 650 kg de uva por hectárea para las variedades tintas y hasta 900 kg de uva por hectárea para las variedades blancas en atención a las condiciones climatológicas que pudieran incidir al final del ciclo vegetativo del viñedo.