Consejos y legislación contra incendios en lugares de pública concurrencia
Tras el terrible incendio de las discotecas en la zona de Las Atalayas en Murcia, acaecido en la madrugada del 1 de octubre, desde Tecnifuego, Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios, recopila algunos de los consejos elementales en caso de incendio en lugares de pública concurrencia y las medidas legislativas básicas, recogidas en el Código Técnico de la Edificación.
Las discotecas y salas de fiesta son espacios de ocio donde se dan concentraciones de personas en un ambiente relajado y nocturno, por lo que se deben extremar las medidas de seguridad contra incendios.
A la hora de acometer la protección contra incendios, la propiedad debe tener en cuenta la singularidad de las salas, e incluir sistemas como son las vías de evacuación, señalización de las vías de evacuación y equipos contra incendios, sistemas de alumbrado de emergencia, sistemas de apertura de las puertas para las emergencias y sobre todo que el personal del local tenga formación y puedan actuar en caso de una emergencia, y sean lo más efectivos posibles en la evacuación y actuación en un conato o incendio.
Consejos de seguridad
Al entrar a un local de ocio, discoteca, etc. se deben localizar los recorridos de evacuación y las salidas de emergencia.
Las salidas tienen que estar señalizadas y las puertas libres de todo obstáculo, y de fácil acceso para salir por ellas en caso de evacuación.
Al igual que las salidas de emergencia, las instalaciones de protección contra incendios, como extintores y BIEs, deben estar accesibles y señalizados.
El personal de las salas debe estar entrenado para una emergencia y realizar simulacros periódicamente.
En caso de emergencia por incendio, no detenerse a recoger abrigos o bolsos, se debe guardar la tranquilidad y actuar con responsabilidad, sin empujar.
Ante cualquier situación de peligro, se debe llamar al 112.
Normativa de Uso Pública Concurrencia
En España, la legislación recoge con todo detalle las medidas básicas que deben cumplir los casinos y salas de fiestas. En el Código Técnico de la Edificación, CTE-DBSI, se rige por el Uso Pública Concurrencia. Además, el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI) señala los requisitos que deben cumplir las instalaciones, materiales, documentación, mantenimientos y las empresas que instalan y mantienen.
Condiciones de compartimentación en sectores de incendio. Los casinos, como lugares de pública concurrencia, tienen que tener una superficie construida de cada sector de incendio que no debe exceder de 2.500 m2, excepto en los casos contemplados
- Los espacios destinados a público sentado en asientos fijos en cines, teatros, auditorios, casinos y salas de fiesta pueden constituir un sector de incendio de superficie construida mayor de 2.500 m2 siempre que:
a) estén compartimentados respecto de otras zonas mediante elementos EI 120;
b) tengan resuelta la evacuación mediante salidas de planta que comuniquen con un sector de riesgo mínimo a través de vestíbulos de independencia, o bien mediante salidas de edificio;
c) los materiales de revestimiento sean B-s1 d0 en paredes y techos y BFL-s1 en suelos;
d) la densidad de la carga de fuego debida a los materiales de revestimiento y al mobiliario fijo no exceda de 200 MJ/m2;
e) no exista sobre dichos espacios ninguna zona habitable.
- Las cajas escénicas deben constituir un sector de incendio diferenciado.
Aspectos, como los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de resistencia y reacción al fuego, que marca el CTE. Especial atención merecen, en los lugares de pública concurrencia, las condiciones para la evacuación del público en caso de incendio. Por ello, en el CTE se detallan las limitaciones en la ocupación, el número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación, dimensionados, protección de escaleras, condiciones de las puertas en el recorrido de la evacuación, señalización fotoluminiscente, sistemas de control de humos, etc.
En la Sección SI 4 Instalaciones de protección contra incendios del CTE se indican los equipos a instalar, como son extintores portátiles, cada 15 metros (eficacia 21A -113B), y esta tabla concreta para Uso Pública concurrencia:
- Bocas de incendio equipadas: Si la superficie construida excede de 500 m2.
- Columna seca: Si la altura de evacuación excede de 24 m.
- Sistema de alarma: Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía.
- Sistema de detección de incendio: Si la superficie construida excede de 1.000 m2.
- Hidrantes exteriores: En cines, teatros, auditorios y discotecas con superficie construida comprendida entre 500 y 10.000 m² y en recintos.
Además de las medidas de protección señaladas en la legislación, se recomienda implantar el criterio de una protección global de activa y pasiva contra incendios, que incluya reacción al fuego de los materiales: mobiliario, decoración, cortinajes, moquetas, etc, resistencia al fuego de las estructuras constructivas, compartimentación, cerramientos, sellados, señalización fotoluminiscente, control de humos, extintores, boca de incendio equipada, rociadores automáticos, hidrantes, sistemas de detección y extinción automática o manual. Se trata de garantizar el tiempo necesario para una evacuación tranquila, que no produzca daños personales, y facilitar la actuación de los equipos de emergencias y bomberos