El MITERD aprueba el Modelo de Informe de Riesgos Ambientales Tipo realizado por FER, para las empresas de recuperación y reciclaje de residuos
El documento será clave para que las empresas puedan realizar, de la forma más sencilla y económica posible, el análisis de riesgo medioambiental de la instalación, para determinar la cuantía de la garantía financiera a presentar ante la comunidad autónoma competente.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) ha aprobado el Modelo de Informe de Riesgos Ambientales Tipo (MIRAT), realizado por la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER), para los gestores de residuos. “Estamos muy satisfechos y orgullosos que el Ministerio haya aprobado este modelo, que tiene como objetivo dotar a las empresas del sector recuperador de una herramienta de análisis de riesgos ambientales sencilla y económica”, ha declarado Alicia García-Franco, directora general de FER, “y para su diseño hemos contado con la colaboración de Novotec Consultores”.
Una vez finalizado el proceso de evaluación del MIRAT presentado FER, el MITERD, a través de la comisión técnica de Prevención y Reparación de Daños Medioambientales, ha resuelto favorablemente que el documento 'Modelo de Informe de Riesgos Ambientales Tipo. Sector de la recuperación y el reciclaje' podrá servir de base, para la realización de los análisis de riesgos medioambientales de las instalaciones del sector.
Antecedentes
Los antecedentes de este documento se remontan al año 2007, concretamente a la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, que establece que las instalaciones del sector de la recuperación y el reciclaje quedan sometidas a una responsabilidad objetiva ambiental por daños al medioambiente, al margen de cualquier culpa, dolo o negligencia.
Desde entonces, el Gobierno ha ido detallando, a través de sucesivas órdenes ministeriales, qué actividades están obligadas a poseer una garantía financiera obligatoria, incluyendo a algunas del sector de la gestión de residuos.
En concreto, todas aquellas empresas recuperadoras y recicladoras que estén incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC) y que dispongan de una Autorización Ambiental Integrada (AAI).
16 de octubre de 2021, fecha límite para constituir y actualizar las garantías financieras
Antes del 16 de octubre de 2021, todas las empresas del sector que tengan una AAI están obligadas a realizar un Análisis de Riesgos Medioambiental (ARM) de su instalación, que determine la cuantía de la garantía financiera que deben constituir y presentarla ante la autoridad competente de su comunidad autónoma (CCAA).
“Desde FER, recomendamos a todas las empresas que utilicen nuestro modelo MIRAT, para la elaboración del Análisis de Riesgos de su Instalación (ARM), que determinará de una manera sencilla y económica el importe de la garantía financiera que deben presentar a la autoridad competente de su CCAA antes del 16 de octubre de 2021”, ha indicado García-Franco.
El hecho de que una empresa ya tenga constituida una garantía financiera que cubra los riesgos ambientales “no la exime de hacer el ARM. Lo que sí cambia es que a fecha de 16 de octubre tendrán que adecuarla a lo que determine el ARM”, ha advertido la directora general de FER.
Por último, la responsable de la Federación ha destacado que el MIRAT aprobado, además es una herramienta de autocontrol de gran utilidad, para todas las empresas del sector, incluidas las que no tienen AAI: “Hemos diseñado una potente herramienta de gestión del riesgo ambiental que permite a una instalación revisar y controlar su riesgo en función del cumplimento o la tenencia de una serie de elementos o criterios, lo que permitirá reducir accidentes y que en caso de producirse tengan menores consecuencias”.