El Gobierno aprueba la nueva ley de Familias
El pasado 13 de diciembre el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de la nueva ley de Familia, liderada por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030 Ione Belarra, quien destacó en una rueda de prensa posterior que dicha ley se sustenta en cuatro pilares: ampliación de la protección social a las familias, facilitación del cuidado y la conciliación, reconocimiento jurídico de los diferentes tipos de familia y protección de los derechos de los niños y las niñas. El objetivo de la nueva ley de Familias, que todavía tiene que pasar por el Congreso de los Diputados para su aprobación, es equiparar los derechos y mejorar la protección social de todas las formas de familia existentes, de manera que España cumpla los compromisos establecidos por la Unión Europea en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Una de las novedades que incluye la nueva la ley es la incorporación de tres nuevos permisos para el cuidado de familiares y convivientes, para facilitar la conciliación laboral y familiar: cinco días al año de permiso retribuido para el cuidado de familiares o convivientes; cuatro días al año de permiso retribuido para atender a familiares por casos de fuerza mayor; ocho semanas de permiso no retribuido (y no necesariamente consecutivas), hasta los ocho años del hijo/hija. Por el contrario, finalmente no se ha incluido en la nueva ley la ampliación de los permisos de maternidad y paternidad de las 16 semanas actuales a los 6 meses. Otra novedad es la ampliación de las beneficiarias del denominado ‘cheque bebé’ de 100€, que hasta ahora solo percibían las madres trabajadoras. Con la nueva ley, también podrán recibir esta prestación las madres con prestación de desempleo, y las trabajadoras a tiempo parcial o temporal. Finalmente, también incluye novedades para las familias monoparentales y familias numerosas. Así, las familias monoparentales con dos hijos tendrán los mismos derechos y ayudas que las familias numerosas, se concede el estatus de ‘familias numerosas de categoría especial’ a familias con cuatro hijos y a familias con tres hijos en caso de parto múltiple, y también se considerarán familias numerosas aquellas con dos hijos, si uno de los progenitores se encuentra en tratamiento hospitalario durante o un año o está cumpliendo una pena de prisión.