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Aguayo Abogados organizó un seminario para arrojar luz sobre la materia

La comunicación de precios y descuentos al Ministerio genera un mar de dudas

Revista Estaciones de servicio07/11/2013
Santiago 2095
Santiago 2095
Más descuentos y menos cuentos”. De este modo tan tajante cerró su intervención en el seminario sobre envío de precios y descuentos a Industria celebrado ayer, 6 de noviembre, el jefe de servicio de la Subdirección General de Hidrocarburos del Ministerio, Santiago Fernández Díez-Picazo.

Concluía de esta forma una charla en la que el funcionario explicó las novedades sobre la comunicación al Ministerio de Industria de los precios y lo descuentos efectuados en las estaciones de servicio que han entrado en vigor recientemente y que fueron analizadas en el evento que se celebró en la sede madrileña de Aguayo Abogados.

La intervención de Fernández Díez-Picazo dejó no pocos titulares, habida cuenta de la controversia que ha generado la entrada en vigor de la modificación de la Orden ITC/2308/2007 mediante la publicación de nuevos anexos a la norma que, entre otros cambios, eliminan la necesidad de informar acerca de combustibles que ya no se despachan (gasolina 97) y, por el contrario, hacen obligatorio comunicar los precios de otros productos como autogás, bioetanol y GNC.

Pero si hay un aspecto que ha generado controversia en cuanto a la publicación de los nuevos anexos es la obligación de “informar con más detalle de los planes de descuento y de las cantidades sobre las que se practica descuento”. Y este nuevo requerimiento -otro más- para las estaciones de servicio copó el interés informativo de la jornada celebrada ayer en Madrid.

Tras escuchar la exhaustiva explicación que Santiago Fernández hizo de los cambios que se han introducido en la normativa relativa al envío de precios, los asistentes al seminario no cesaron de plantear dudas acerca de la aplicación práctica de la misma e hicieron hincapié en la imposibilidad de cumplir determinadas obligaciones establecidas en los nuevos anexos.

“Imposible cumplimiento”
No pocos participantes en el seminario coincidieron en señalar que algunos requisitos son “de imposible cumplimiento” debido a la coincidencia en el tiempo de la nueva normativa de precios y de la Ley 11/2013, que pretende introducir más competencia en el sector del carburante español.

Y es que, por un lado, la Ley 11/2013 prohíbe a las petroleras la fijación directa o indirecta de precios, e incluso la recomendación de los mismos, a las estaciones de servicio que conforman sus redes, pero, por otro lado, los operadores están obligados por el Ministerio a informar sobre los PVP que se dan en esas instalaciones.

Y claro, si las compañías no pueden fijar ni recomendar los precios, ¿cómo saben que PVP se aplica en cada una de las gasolineras que lucen sus enseñas? La respuesta a esta pregunta es tan sorprendente que hasta el propio Fernández calificó la solución como “curiosa”: consultando el propio Geoportal de Hidrocarburos del Ministerio de Industria, al que los empresarios de estaciones de servicio deben remitir los precios que aplican en sus negocios.

Preguntado acerca de la posible incompatibilidad de la normativa de envío de precios y la Ley 11/2013 Santiago Fernández reconoció que “el problema es la falta de comunicación. Quien hace la norma no sabe muy bien sobre qué la está haciendo”, afirmó, para después subrayar que “la Administración tiene distintos niveles: uno hace las normas y otro las aplica”.

Descuentos
En cuanto a los descuentos, es obligatorio comunicar tanto los ofrecidos en cada estación de servicio como los efectivamente realizados, así como las cantidades vendidas y el precio real al que se ha formalizado la operación.

Llegados a este punto, se disparó la confusión de los asistentes -entre los que se encontraban representantes de las principales petroleras, asociaciones de gasolineros e incluso de la Administración-.

Y es que tal y como advirtieron alguno de los presentes, en muchas ocasiones el propio gasolinero desconoce la cuantía del descuento del que se beneficia cada automovilista que acude a sus instalaciones. “Si un cliente paga con una tarjeta de un banco yo no sé que descuento le aplica su entidad bancaria. Y lo mismo sucede si paga con una tarjeta de fidelización de la petrolera”, afirmó Víctor García de Nebreda, secretario general de Aevecar.

Otros gasolineros se preguntaron cómo debían informar acerca de los descuentos escalonados o si los regalos asociados al consumo deberían ser considerados descuentos y, en tal caso, cómo cuantificarlos.

En este punto, la respuesta de Santiago Fernández fue clara, aunque no convenció demasiado a los asistentes. En el caso de los descuentos escalonados, siempre hay que comunicar al Ministerio la cuantía mínima del descuento (el “desde”), mientras que en el de los regalos, en ningún caso pueden considerarse descuentos a efectos de comunicar estos parámetros a la Administración.

Dudas en la propia Administración
Ante la incertidumbre que las nuevas normas en materia de envío de precios han suscitado en el sector, Santiago Fernández recordó a los asistentes al seminario que la normativa “está viva” y “en constante cambio” e incluso animó a los actores del sector a informar al Ministerio de los aspectos que sean “de imposible cumplimiento”.

Eso sí, pidió que además de comunicar esta circunstancia propusieran una redacción alternativa de los anexos en cuestión y aseguró que sería deseable una posición común de todos los actores que forman parte del sector español del carburante para facilitar la labor de la Administración.

Régimen sancionador
En cualquier caso, hasta que se produzca un hipotético cambio en las normas de envío de precios, las que están vigentes deben cumplirse. Y en caso de no hacerse, el Ministerio no dudará en aplicar el régimen sancionador previsto, que, en palabras de José Ángel Castillo, magistrado en excedencia y socio de Aguayo Abogados, “es terrible”, puesto que las sanciones pueden llegar a los seis millones de euros.

Santiago Hernández negó que las sanciones sean terribles y subrayó que el Ministerio no tiene previsto establecer una moratoria para la aplicación del régimen sancionador hasta que no se despejen las dudas sobre la aplicación de la normativa. Eso sí, descartó que fuera a emprenderse una campaña por parte de la Administración para detectar incumplimientos e iniciar expedientes sancionadores.

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