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Bruselas ultima una directiva para prohibir los recortes a las renovables

Redacción Futurenergy22/11/2016
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La Comisión Europea está preparando un amplio paquete de medidas energéticas que prevé presentar el próximo 30 de noviembre en el que incluye una nueva directiva de energías renovables, otro de eficiencia energética y de mercado interior de la energía para tratar de recuperar el impulso a la descarbonización de la economía.

En el borrador de la directiva de renovables, la Comisión Europea incluye un artículo mediante el que se prohibirá específicamente los recortes a las energías verdes. Concretamente, la nueva norma garantiza que el nivel de las ayudas concedidas a los proyectos de renovables, así como las condiciones que se les asignen, no se revisen de manera que afecten negativamente a los proyectos subvencionados.

Los recortes que a lo largo de los últimos años se han producido en países como España o Italia, entre otros, han provocado una fuerte reducción de la inversión. Mientras que en 2010 Europa recibía la mitad del dinero que se destinaba a las renovables, esta cantidad se ha rebajado a una quinta parte en 2015, hasta los 48.800 millones de dólares, según los datos de la propia Comisión.

Las previsiones del Ejecutivo comunitario indican que si no se adoptasen medidas, la incorporación de las energías renovables hasta el año 2030, en lugar de alcanzar el 27% previsto, apenas llegaría al 24,3%, lo que supondría imponer barreras a incrementar la seguridad de suministro y a la participación de los consumidores en el sistema.

Un billón de inversión

Las cuentas de la Comisión indican que se necesitará una inversión de un billón de euros entre 2015 y 2030 para poder alcanzar los objetivos marcados y lograr la ambición europea de convertirse en el mayor mercado de las energías renovables.

Según el borrador de la normativa, el artículo 3 establece el objetivo de 2030 de la UE y obliga a que los objetivos nacionales para 2020 no puedan rebajarse a partir de 2021. Además, obligará a los países que incumplan a sufragar un fondo para que se realicen subastas de renovables a nivel comunitario.

El artículo 4 establece un conjunto de instrumentos de la UE para que los Estados miembros diseñen sistemas de apoyo que faciliten un enfoque rentable, orientado al mercado incluyendo licitaciones abiertas, transparentes y no discriminatorias; así como ofertas tecnológicas-neutrales frente a tecnologías específicas.

El artículo 5 establece una apertura gradual y parcial de los regímenes de ayuda a la participación transfronteriza en el sector eléctrico. El artículo 7 regula la forma de calcular la proporción de energía procedente de fuentes renovables a partir de 2021. Los Estados miembros podrán establecer un límite inferior y distinguir entre diferentes tipos de biocarburantes producidos a partir de cultivos alimentarios y de piensos, por ejemplo, estableciendo un límite inferior para la contribución de los biocarburantes producidos a partir de cultivos oleaginosos, teniendo en cuenta el cambio indirecto del uso de la tierra. Entre los proveedores de energía y combustibles energéticos para calefacción y refrigeración se incluye una excepción para los proveedores con pequeñas ventas anuales de calefacción y refrigeración a nivel nacional. La obligación se cumplirá a través de la incorporación física, medidas de mitigación directas o indirectas, probadas por certificados negociables.

El artículo 24 abre los sistemas locales de calefacción y refrigeración para los productores de fuentes renovables y de calor o frío residual y los terceros que actúan en su nombre. También capacita a los consumidores de energía permitiéndoles dejar de comprar calor/ frío de un sistema de distrito a nivel de edificio si los consumidores, o una parte en su nombre, pueden lograr un rendimiento energético significativamente mejor. El artículo 25 establece una obligación en la UE de que los proveedores de combustibles proporcionen una parte determinada (20% en 2030) de combustibles de baja emisión y renovables (incluida la electricidad renovable y los biocarburantes avanzados).

Finalmente, el artículo incluye una disposición que prevé la introducción de bases de datos nacionales que garanticen la trazabilidad de los combustibles y mitiguen el riesgo de fraude.

Mercado de capacidad

La Comisión Europea lanza también una directiva sobre mercado eléctrico en la que aprobará un mecanismo de capacidad abierto a todas las tecnologías y con pagos establecidos por mecanismos de mercado, así como los criterios para compras internacionales o los mecanismos de formación de precios.

La nueva norma también analizará los mecanismos de colaboración entre los distribuidores y transportistas. Asimismo, se crean los centros regionales de operación que contribuirán a la aprobación de planes a diez años para la construcción de redes eléctricas.

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