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El MITECO saca a información pública el sistema de garantías de origen para los gases renovables

Redacción Futurenviro23/09/2021
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Con este sistema se podrá identificar el origen renovable y sostenible del hidrógeno renovable y el biogás, entre otros gases renovables. El nuevo mecanismo se incluye en una propuesta de decreto que también traspone los criterios de la UE para la sostenibilidad de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de la biomasa, así como de los objetivos de biocarburantes para el transporte. El plazo para presentar alegaciones está abierto hasta el próximo 14 de octubre.


El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha sacado a información pública un proyecto de real decreto que creará el sistema de garantías de origen para los gases renovables, como el hidrógeno verde, el biogás o el biometano, que permitirá a los comercializadores y consumidores diferenciarlos del gas de origen fósil. El borrador normativo, que puede consultarse aquí, también incorpora al ordenamiento jurídico interno los criterios de sostenibilidad de la normativa comunitaria para la biomasa sólida y el biogás, los biocarburantes y los biolíquidos para transporte, usos eléctricos, calefacción y refrigeración, así como los objetivos de penetración de los biocarburantes a partir del año 2023.

El proyecto de real decreto traspone parcialmente la Directiva 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, en lo relativo a los criterios de sostenibilidad y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de la bioenergía y a las garantías de origen del gas procedente de fuentes renovables.

Gracias a las nuevas garantías de origen –similares a las ya existentes para la electricidad producida con renovables– cada MWh de gas 100% renovable dará lugar a la emisión de una garantía de origen con información sobre dónde, cuándo y cómo se produjo el gas. En consecuencia, las garantías le aportarán un valor añadido a la hora de comercializarlo que fomentará su consumo, con el consiguiente beneficio ambiental.

El futuro real decreto creará un Censo de Instalaciones de Producción de gas procedente de fuentes renovables y un Comité de Productores. Los productores y comercializadores podrán intercambiar las garantías de origen de forma transparente y segura dentro del sistema, que documentará la producción, transferencia y cancelación de las garantías de origen. El Gestor Técnico del Sistema Gasista será el encargado de estas labores hasta que el MITECO disponga de medios técnicos y materiales para ello.

Las garantías de origen certificarán el volumen de gas y su calidad, puesto que se diferenciará entre hidrógeno verde –obtenido con energía renovable–, biometano, biogás u otros gases, y abarcará cualquier gas renovable producido y consumido, ya sea in situ, autoconsumido, e inyectado o no a la red de gasoductos.

La creación de un sistema de garantías de origen para los gases renovables estaba previsto en el Plan Nacional de Energía y Clima 2021-2030, en la Hoja de Ruta del Hidrógeno, el borrador de la Hoja de Ruta de Biogás y en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Varios países europeos ya disponen de un mecanismo similar, como Reino Unido o Francia, con buenos resultados, pero un grado de avance muy dispar.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD

La futura normativa revisa y amplía los criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero anteriormente aplicables a los biocarburantes y los biolíquidos, aplicándolos a la biomasa sólida y al biogás utilizado para usos eléctricos y de calefacción y refrigeración.

Para que los agentes puedan acreditar el cumplimiento de los requisitos europeos, la norma se remite, en la medida de lo posible, a la regulación vigente, tanto estatal como autonómica, y a los permisos y autorizaciones establecidos, al objeto de evitar cargas innecesarias.

Igualmente, el borrador de real decreto establece objetivos y normas de cálculo para la integración de renovables en el transporte. En este ámbito destaca el límite para la penetración de los biocarburantes procedentes de cultivos alimentarios y forrajeros a partir de 2023, fijándolo en el 7% del consumo final de energía en los sectores del transporte por ferrocarril y por carretera.

También se introducen las contribuciones de los biocarburantes avanzados y del biogás en el transporte, que como mínimo serán del 0,2% en 2022, del 1% en 2025 y del 3,5% en 2030.

El plazo para presentar alegaciones está abierto hasta el próximo 14 de octubre. Podrán remitirse al correo electrónico bzn-sgernormativo@miteco.es, indicando en el asunto: «RD trasposición directiva renovables».

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