El Ministerio y la organización colegial avanzan en definir las funciones del futuro 'veterinario de explotación'
La Organización Colegial Veterinaria (OCV) está participando activamente en el grupo de trabajo para el desarrollo de la figura del 'veterinario de explotación', junto a responsables del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y de las consejerías de Agricultura y Ganadería de las comunidades autónomas, que ya se ha reunido en varias ocasiones y, en la actualidad, aborda la definición de las funciones que ha de desempeñar este profesional.
Los cometidos básicos de la citada figura, que serán recogidos más adelante en un Real Decreto, son el diseño, redacción y supervisión del programa sanitario, incluidos sendos planes de bioseguridad y uso racional de medicamentos; la comprobación de su implantación mediante visitas zoosanitarias a las granjas, y el asesoramiento al ganadero en materia de identificación animal y de control de la trazabilidad, de acuerdo con la normativa vigente.
Además, la función asesora se amplía a aspectos como la gestión del libro de explotación, la reducción del consumo de antibióticos, la aplicación de buenas prácticas en el ámbito de la bioseguridad e higiene de las granjas, así como en alimentación –tipo de pienso–, sanidad y bienestar animal. Otro punto esencial en la colaboración con los servicios veterinarios oficiales, sobre todo en materia de movimiento y sanidad de los animales.
El grupo de trabajo tratará, en próximas reuniones, otros puntos de relevancia para la puesta en marcha de esta figura profesional dentro de la legislación española, como son los contenidos del plan sanitario, las visitas zoosanitarias a las explotaciones –organización, riesgo y frecuencias–, y definición de la relación entre el veterinario de explotación y el ganadero.