"Los agricultores ocupan un lugar especial en la legislación en materia de competencia"
En opinión de Phil Hogan, “reviste suma importancia, en un contexto político orientado hacia el mercado, el refuerzo de la posición de los agricultores en la cadena de suministro alimentario. Este informe pone de relieve las concomitancias entre el Derecho agrario y el Derecho de la competencia a la hora de conseguir resultados más justos y eficientes tanto para los operadores como para los consumidores”.
Agricultores analizan la semilla depositada y su profundidad tras la siembra realizada.
Las normas de competencia de la UE que prohíben los acuerdos relativos a la fijación de precios u otras condiciones comerciales o al reparto de mercados se aplican a la producción y a los intercambios comerciales de productos agrícolas. Sin embargo, el Reglamento sobre la organización común de mercados (Reglamento OCM) contiene excepciones a la aplicación de esas normas, que afectan a todos o a algunos sectores agrícolas o que se refieren a situaciones específicas.
El informe publicado por la Comisión es el primero centrado específicamente en la aplicación de las normas de competencia de la UE al sector agrícola. "Constituye una fuente de información esencial sobre el valioso trabajo que las autoridades europeas de competencia han venido efectuando en el sector agrícola, en particular protegiendo a los agricultores de comportamientos contrarios a la competencia y velando por que los agricultores y los consumidores puedan beneficiarse de un mercado interior plenamente abierto. Seguiremos colaborando con las autoridades nacionales de competencia", advirtió Margrethe Vestager, comisaria responsable de la política de competencia.
Principales conclusiones
Labor de las autoridades europeas de competencia
- Investigaciones en el sector. Las autoridades europeas de competencia han llevado a cabo 178 investigaciones en el sector agrícola. Más de un tercio de ellas afectaba a transformadores de productos agrícolas, siendo los agricultores el mayor grupo único de denunciantes. Casi la mitad de las infracciones se refería a acuerdos sobre los precios. Normalmente, se trataba de acuerdos entre transformadores competidores para fijar el precio al por mayor (por ejemplo, del azúcar y la harina), o entre transformadores y minoristas, para fijar el precio al por menor (por ejemplo, de los productos lácteos, la carne o el aceite de girasol).
Otras infracciones se referían a acuerdos sobre la producción, el intercambio de información o el reparto de mercados. El informe llega a la conclusión de que las actividades de control de las autoridades europeas de competencia habían beneficiado a los agricultores gracias a mejores ofertas para sus productos. En particular, señala varios casos en los que las autoridades europeas de competencia pusieron fin e impusieron sanciones a prácticas empleadas por los grandes compradores para reducir los precios pagados a los agricultores.
- Protección del mercado interior. Una de las principales constataciones del informe es que algunos Estados miembros han intentado en ocasiones restringir las importaciones de determinados productos agrícolas procedentes de otros. Las autoridades europeas de competencia han investigado y suspendido una serie de convenios colectivos, cuando, por ejemplo, los agricultores de un determinado Estado miembro intentan obstaculizar las ventas de agricultores de otros Estados miembros.
- Orientación y seguimiento. Las autoridades europeas de competencia han proporcionado orientación a los agricultores, a otros agentes económicos y a las Administraciones sobre la manera de interpretar y aplicar el Derecho de la competencia en el sector, por ejemplo, en relación con las iniciativas de sostenibilidad de los agricultores o la publicación de precios por parte de las organizaciones sectoriales. También han hecho un seguimiento proactivo de la situación del sector y han llevado a cabo investigaciones sectoriales sobre el funcionamiento de la cadena de suministro, atendiendo en particular a cuestiones como la transmisión de precios en la cadena y el equilibrio del poder de negociación entre agricultores y otros niveles de la cadena.
Excepciones a las normas de competencia aplicables a las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales.
Las organizaciones de productores y las interprofesionales reconocidas pueden contribuir a reforzar la posición de los agricultores y a mejorar la eficiencia de la cadena alimentaria. El reconocimiento de las organizaciones de productores por las autoridades nacionales se utiliza ampliamente en el sector de las frutas y hortalizas, en el que casi el 50% de la producción es comercializada por las organizaciones de productores, aunque también en los sectores lácteo, cárnico, del aceite de oliva y de los cereales. Además, existen 128 organizaciones interprofesionales reconocidas en la UE, principalmente en Francia y España.
Instrumentos sectoriales en el sector agrícola
El informe confirma que los instrumentos sectoriales específicos disponibles en el sector agrícola se están utilizando en beneficio de los agricultores y del sector en general. Se ha utilizado ampliamente la posibilidad de acordar un mecanismo de reparto del valor de carácter voluntario en el sector del azúcar, se ha recurrido con frecuencia a medidas de estabilización del mercado en el sector vitivinícola y, asimismo, se han establecido medidas de gestión de la oferta para productos con denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas en el sector del queso y del jamón.