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Finaliza el periodo de adaptación a la nueva Directiva 2013/53/UE, relativa a las embarcaciones de recreo y a las motos acuáticas

Redacción ProfesionalesHoy26/01/2017
web Pantalán-cnjavea
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A partir del 18 de enero, los barcos, motores, motos acuáticas y ciertos componentes (ya sea importados o producidos nacionalmente), que estén en producción así como aquellos que no se hayan introducido en el mercado o puesto en servicio antes del 18 de enero, tendrán que ser conformes a la nueva Directiva 2013/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las embarcaciones de recreo y a las motos acuáticas.

La nueva Directiva 2013/53/UE sobre embarcaciones de recreo y motos acuáticas entró en vigor el pasado 16 de enero de 2016 y deroga la anterior Directiva 94/25/UE.

Los asociados de ANEN tienen a su disposición La Guía para la correcta interpretación de la nueva normativa, elaborada por EBI e ICOMIA, y en cuya edición en español ha colaborado ANEN, en el apartado Legislación de su web.

Además, el 3 de enero de 2017, la Comisión Europea ha publicado también su Reglamento de ejecución (UE / 2017/1) de identificación de embarcaciones con arreglo a la nueva Directiva 2013/53/UE, este Reglamento establece la composición del número de identificación de la embarcación y la asignación y administración del código único del fabricante. El texto está disponible en todas las lenguas de la UE en el siguiente enlace:

http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A32017R0001.

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