Avances en la regulación de inspecciones de ascensores de la nueva ITC
Los expertos Andrés Táboas (Miembro de la Comisión de Legislación y Normativa de Feeda) y José Manuel Flórez (Responsable Área Mecánica Comité Técnico Fedaoc) destacaron en la sexta Jornada del Sector de la Elevación los avances en la Regulación de Inspecciones de Ascensores de la nueva ITC.
Andrés Táboas (Feeda) y José Manuel Flórez (Fedaoc) durante un momento de su intervención.
La legislación que regula las Inspecciones de ascensores en España no está unificada a nivel nacional y es competencia de las CC.AA. Si bien la nueva ITC aporta como referencia la norma UNE 192008, continuarán vigentes los protocolos de inspección que cada Comunidad Autónoma tenga establecido.
Estas fueron algunas de las conclusiones de los expertos que explicaron las principales novedades en cuanto a las inspecciones (Artículo 11 del borrador de la nueva ITC) y plantearon algunos interrogantes, como la forma de proceder ante la nueva inspección inicial y cómo se va a actuar en la inspección tras cambio de empresa conservadora.
En la jornada, se analizó el marco normativo aplicable a las inspecciones, así como las obligaciones del titular y de la empresa conservadora. También se indicó que las inspecciones deben de ser realizadas por un organismo de control regulado según el Real Decreto 2200/1995 y acreditado en el campo reglamentario de ascensores, para verificar que el aparato cumple con las mismas condiciones de seguridad que en el momento de su puesta en funcionamiento.
Asimismo, se detallaron los diferentes tipos de inspección, sus plazos, la distinta calificación de los defectos y la forma de actuación ante un accidente. Por último, se plantearon una serie de interrogantes que surgen a raíz de las novedades introducidas, y que deberán quedar resueltos cuando se publique la ITC.
La ponencia está disponible en vídeo en este enlace.