El debate sobre la aplicación de la Directiva 2002/96/CE
El tratamiento de residuos de frigoríficos y aparatos de frío
2 de noviembre de 2011
La cuestión es que en 2001 se prohibió la utilización de sustancias que agotan la capa de ozono, entre las cuales se encuentran los CFC, HCFC y HCF, empleadas en los aparatos de frío como fluidos refrigerantes. Por ello, en ese momento los frigoríficos y aparatos de frío dejaron de emplear estas sustancias, y las sustituyeron por hidrocarburos, principalmente isobutano y ciclopentano. Desde esa fecha han coexistido frigoríficos que contienen gases que agotan la capa de ozono con aquellos que contienen hidrocarburos. Por ello, tras la entrada en vigor del RD 208/2005 que aplicó la Directiva Raee, se produjeron diferencias de aplicación por el tipo de tratamiento de estos residuos.
Qué hacer con los frigoríficos con hidrocarburos
El origen de la duda era la siguiente, si bien el tratamiento de los frigoríficos con gases que agotan la capa de ozono estaba claro —retirada previa de los fluidos contenidos en los circuitos y trituración en atmósfera controlada— para el caso de los frigoríficos con hidrocarburos no se aplicaba esta técnica en todo el territorio español, y se permitía su tratamiento liberando los gases contaminantes a la atmósfera.
Sin embargo tras una serie de trabajos, Asegre ha demostrado la necesidad de que todos los residuos de frigoríficos sigan el tratamiento anteriormente indicado. La principal razón de aplicar este tipo de tratamiento es que cumple la legislación ambiental y de seguridad de los trabajadores, y ello se basa en la recuperación total de los gases contenidos en el residuo, tanto los contenidos en el circuito como los presentes en las espumas aislantes, y la posibilidad de alcanzar el objetivo del 80% de valorización, según plantea el RD 208/2005. Por ello, la respuesta en otras palabras es que únicamente las plantas específicas de tratamiento de residuos de frigoríficos garantizan el correcto tratamiento de estos residuos.
Razones para tratar todos los residuos de frigoríficos en plantas específicas
Las razones para que todos los tipos de residuos de frigoríficos se traten en plantas específicas son:
1. Todos los residuos de frigoríficos tienen la consideración de peligrosos
2. La clasificación como RAEE y como residuo peligroso determina la aplicación del régimen jurídico contenido en el RD 208/2005, así como el régimen legal aplicable a los residuos peligrosos, esto es la reciente Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados y el Real Decreto 833/1988. Esto supone:
- Llevar a cabo la gestión del residuo sin poner en peligro la salud humana ni perjudicar el medio ambiente
- La gestión debe llevarse a cabo por un gestor expresamente autorizado, y en instalación con autorización ambiental integrada, en caso de tener una capacidad para valorizar residuos peligrosos superior a 10 t/día.
- Proceder, con carácter previo, a su descontaminación.
3. La descontaminación previa, supone la retirada selectiva de los fluidos, y por tanto la imposibilidad de someterlos directamente a una operación de eliminación.
4. Los hidrocarburos (isobutano, ciclopentano y pentano) responden al concepto de agente químico peligroso contenido en el RD 374/2001 sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Por lo que según esta norma se exige la reducción de los agentes químicos peligrosos presentes en el lugar de trabajo al mínimo necesario para el tipo de trabajo que se trate. También cabe indicar sobre los hidrocarburos, que si bien no afectan la reducción de la capa de ozono, sí tienen un potencial de cambio climático significativo.
5. El tratamiento en plantas específicas permite valorizar los metales, vidrio, plástico y espumas y, por lo tanto, asegurar el cumplimiento de los objetivos de valorización del 80%, establecido por el artículo 9 del Real Decreto 208/2005. Cabe significar que únicamente pueden ser contabilizados para el cálculo de dichos objetivos de valorización los RAEE que son tratados según establece la legislación.
Técnica de tratamiento en dos fases
Finalmente describiremos la técnica de tratamiento de residuos de frigoríficos a la que nos hemos referido, y que se realiza en dos fases:
Fase 1.- Los frigoríficos que contienen tanto hidrocarburos como sustancias que agotan la capa de ozono son inspeccionados, y se les extraen algunos componentes (cables y bandejas de vidrio), aceite lubricante y los gases (HC y CFC) del circuito de refrigeración. Estos gases se condensan y almacenan en recipientes adecuados. Posteriormente, el aceite se valoriza y los gases (HC y CFC) se eliminan en plantas externas autorizadas para estas operaciones. En esta fase se extrae un 30% de todo el gas que contiene el frigorífico.
Fase 2.- El resto del frigorífico se tritura bajo atmósfera inerte, utilizando nitrógeno para mantener siempre la proporción de oxígeno en un nivel seguro que evite la explosividad. Mediante este proceso se separa la espuma de poliuretano de las otras fracciones (metales, plásticos, etc.), que se remiten a otras instalaciones para su valorización.
Durante la trituración, una instalación criogénica y de filtración con carbón activo capta los citados gases y los almacena en recipientes adecuados. La espuma de poliuretano se trocea y se somete a un proceso de peletizado para facilitar la liberación, captación y almacenamiento del resto de gases contenidos en las espumas. Esta fase 2, consistente en la trituración en atmósfera inerte y captura de gases, es fundamental, puesto que permite recoger los gases contenidos en las espumas, que suponen aproximadamente el 70% restante de los gases totales.
Por todo ello, cabe concluir que todos los residuos de frigoríficos deben ser tratados en instalaciones específicas y, en consecuencia, cualquier otro tipo de tratamiento que no garantice la total retirada de los gases refrigerantes y expansores se encuentra al margen de la legislación de residuos.
Sobre Asegre
La Asociación de Empresas Gestoras de Residuos y Recursos Especiales (Asegre) es una entidad empresarial de ámbito nacional que agrupa a los gestores de residuos peligrosos y a las empresas que realizan los principales trabajos de remediación de suelos contaminados. Creada en 1992, tiene entre sus objetivos defender los intereses comunes y legítimos del sector.