Altitude Software lidera el cumplimiento de la Ley 29/2009 para el Contact Center
Altitude Software, multinacional experta en soluciones de Contact Center, ofrece al mercado nacional una solución que garantiza el pleno cumplimiento de la nueva normativa en materia de competencia desleal y publicidad ilícita, que encarna la última iniciativa legislativa de la Administración española para la regulación de la protección de los consumidores.
Según la Ley 29/2009, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios, aprobada por las dos Cámaras el pasado mes de diciembre, las empresas deberán utilizar sistemas que permitan al consumidor dejar constancia de su oposición a recibir más llamadas relacionadas con la misma propuesta comercial, negativa que la empresa tiene la obligación de registrar y acatar. Con esto se pretende frenar una práctica (que ha venido a denominarse “spam telefónico”) que, aunque prohibida en nuestro país desde 2002, motiva gran parte de las denuncias de los consumidores ante la Agencia Española de Protección de Datos.
La regulación de la norma estipula que los Contact Centers que hagan uso de estas prácticas deberán disponer del sistema oportuno para cumplir con los requisitos legales. Para ello dispondrán de un plazo de dos meses desde el 31 de diciembre de 2009, fecha de su publicación en el BOE.
La suite Altitude uCI (Unified Customer Interaction) de Altitude Software responde directamente a la nueva norma con una fácil y rápida configuración del sistema, para todos sus canales, sin necesidad de integrar herramientas o procedimientos adicionales. Esta flexibilidad es inherente a la solución y resultado de la gran experiencia internacional de Altitude Software.