Barcelona incrementa el control de los patinetes de uso compartido sin licencia
La Guardia Urbana de Barcelona ha reforzado el dispositivo para sancionar y requisar los vehículos de movilidad personal (VMP) de uso compartido que no disponen de licencia y que estacionan en espacios en los que lo tienen prohibido, de acuerdo con la Ordenanza de uso de las vías y los espacios públicos.
Desde que a mediados de agosto se reforzara la vigilancia con respecto a los patinetes de uso compartido en la ciudad, la Guardia Urbana ha impuesto 1.500 sanciones, informaron en una nota de prensa fuentes del Ayuntamiento de Barcelona. Ante la falta de respuesta de las empresas que actúan sin licencia, las actuaciones policiales se han endurecido y desde el martes se han empezado a requisar vehículos. Hasta el momento se han decomisado 33, concretan desde el gobierno municipal barcelonés.
La intensificación de los controles en torno a la circulación y estacionamiento de patinetes en el espacio público avanza en paralelo a la regulación de estos vehículos. Hasta el momento se han llevado a cabo las primeras reuniones con las empresas operadoras, y a posteriori se trabajará en el marco del Pacto por la Movilidad.
Durante el mes de septiembre el Ayuntamiento presentará un documento de trabajo para dar forma a la primera propuesta de regulación, tal como se hizo con la normativa de motocicletas y bicicletas de uso compartido.
La Ordenanza de circulación de peatones y vehículos, vigente desde 2017
En el año 2017 se aprobó una normativa pionera para regular la circulación de vehículos de movilidad personal a motor y los ciclos de más de dos ruedas. Esta modificación de la Ordenanza de circulación de peatones y vehículos establece las condiciones en que se tienen que desplazar por la ciudad los patinetes, las ruedas eléctricas, los segways y los triciclos, entre otros.
Algunas de las obligaciones para los usuarios de este tipo de vehículos son las siguientes: los conductores tienen que llevar casco; los vehículos han de estar registrados y tener seguro; tienen que cumplir la normativa de circulación que corresponde al tipo de vehículo; deben circular por los espacios que marca la ordenanza de circulación.
Con respecto a los patinetes, la ordenanza establece que tienen que circular siempre respetando la prioridad de los peatones, adecuando la velocidad a su paso y sin maniobrar de manera que puedan poner en riesgo la seguridad de las personas. En cuanto a las velocidades máximas, en los carriles bici anexos a la acera es de 10 km/h. Si el carril bici se encuentra junto a la calzada, el límite asciende hasta los 30 km/h, con la obligación de reducir la velocidad en los pasos de peatones. Los patinetes también pueden circular por la calzada zona 30, siempre que la velocidad máxima del vehículo supere los 20 km/h. Finalmente, en los parques no pueden superar los 10 km/h.