Se celebra la primera reunión para el desarrollo de un sistema de certificación de la instalación de sistemas de protección solar de Aenor
El Reglamento Particular describe, en cumplimiento del apartado 3.2 del Reglamento General para la Certificación de Productos y Servicios, los requisitos comunes para el sistema particular de certificación del servicio de instalación de elementos de protección solar.
En la primera reunión del grupo de trabajo para el desarrollo de este sistema de certificación voluntaria, celebrada el 28 de enero en Aenor en Madrid, se decidió que los elementos de protección solar considerados dentro del alcance de este documento serán los toldos (dentro del objeto y campo de aplicación de la norma UNE - EN 13561: 2015).
El reglamento pone el foco en la figura del operario, estableciendo una cualificación y un personal mínimo que debe tener la empresa, para poder realizar la certificación de la misma. La normativa marca que el personal de la empresa debe tener la formación adecuada para desempeñar correctamente el proceso de instalación. Para ello, se preparará una formación, y el personal deberá superar un examen en Aenor.
Según el mismo reglamento, antes de la concesión del certificado, los servicios técnicos de Aenor, realizarán dos visitas a viviendas u obras diferentes en las que la empresa instaladora esté colocando elementos de protección solar, con el fin de supervisar si la instalación de los mismos cumple con las especificaciones establecidas. Además, con carácter anual se realizará una visita a dos obras o viviendas para el seguimiento de la marca.
Finalmente, y previamente a la siguiente reunión, se preparará un borrador de los aspectos que tiene que contemplar la formación y se avanzará en el desarrollo del Reglamento Particular.