Opinión Info Opinión

La importancia de la formación permanente en el ambito empresarial de la seguridad privada. Los planes de formación

Jorge Salgueiro-Rodríguez, presidente de Aecra

15/10/2024

La formación empresarial adquiere una capital importancia ante el cambio digital existente. Es un hecho innegable que si no formas de manera permanente a tu recurso humano te hallarás en desventaja ante sectores en permanente competencia como es un sector de servicios tal y como el de la seguridad privada.

Imagen

Tanto en el ámbito personal como en el ámbito empresarial, la formación continua o permanente es imprescindible para mejorar el rendimiento y productividad de los profesionales de la seguridad, ampliar sus conocimientos y perfeccionar sus habilidades y capacidades ante los retos y necesidades que plantean nuestros clientes, los usuarios de servicios de seguridad contratistas.

La formación empresarial integrada en la formación permanente no es un objetivo en sí misma sino un medio para lograr los objetivos por la empresa de seguridad, un recurso para mejorar el rendimiento de sus profesionales integrados en sus empresas, potenciando tres facetas: conocimiento, capacidad de gestión y una promoción profesional interna.

Con esta finalidad, la formación permanente para la empresa de seguridad constituye una herramienta del cambio haciéndola depender de una estrategia empresarial tanto a largo como a corto plazo.

Los profesionales de la seguridad privada dentro de su formación permanente deben orientar su pensamiento permanente a la adopción de herramientas que mejoren sus conocimientos y capacidades para ejercer de forma diligente sus funciones legales; en el fondo, deben orientarse a su crecimiento personal y profesional, para mejorar su posición relativa en la estructura organizativa, para, en síntesis, mejorar su posición económica y crearse una carrera profesional en este ámbito de la seguridad privada.

La formación permanente se debe conceptuar como una herramienta de cambio que permite a los profesionales de la seguridad a desarrollarse tanto personal como profesionalmente. Apostar por la formación permanente por la Empresa de Seguridad tiene numerosos beneficios para la empresa y para el trabajador.

Los beneficios para los trabajadores son claros:

  • Genera una autoconfianza y seguridad en lo que hacen.
  • Adquieren nuevas habilidades y conocimientos para tomar las decisiones correctas en las situaciones que lo requieran y adaptarse a los cambios repentinos en el ejercicio de sus funciones y competencias. 
  • Se potencia su participación en los procesos y gestiones de la empresa de seguridad a nivel material.

Los beneficios para la empresa de seguridad pueden ser los siguientes:

  • Mayor convicción respecto de la participación del recurso humano en la ejecución de los servicios.
  • Potencia la imagen de calidad en la ejecución de los servicios de la empresa frente a sus clientes.
  • Fomenta la participación de los profesionales de la seguridad en la estrategia de la empresa.

La formación empresarial permanente en el ámbito de la seguridad privada viene impuesta normativamente tanto para personal de seguridad privada (vigilante de seguridad y guarda rural) como para la empresa de seguridad.

Según el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada...

Según el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, las empresas garantizarán la asistencia de su personal de seguridad privada a cursos de actualización a través de los centros de formación autorizados.

Por ello, el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada establece: "Al objeto de mantener al día el nivel de aptitud y conocimientos necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas al personal de seguridad privada, las empresas de seguridad, a través de los centros de formación autorizados, garantizarán la organización y asistencia de su personal de seguridad privada a cursos, adaptados a las distintas modalidades de personal, de actualización en las materias que hayan experimentado modificación o evolución sustancial, o en aquellas que resulte conveniente una mayor especialización".

Las empresas de seguridad, a la hora de concretar una formación permanente —sea de actualización o especialización— para el personal de seguridad privada, deben desarrollar un Plan de Formación y, para ello, adquiere especial importancia contar con la coordinación y asesoramiento a través de un centro acreditado por el Ministerio de Interior.

Tal y como se recogen en diferentes estudios, se denomina plan de formación al conjunto de actuaciones emprendidas por una empresa dirigidas a actualizar y renovar los conocimientos y habilidades de sus trabajadores para mejorar su competitividad empresarial alineada con su estrategia de negocio.

Así pues, es imprescindible trabajar en una correcta gestión de los planes de formación en la empresa e incluirlos en el plan estratégico de la compañía.

El plan de formación es el marco de referencia desde donde crear todas las acciones formativas que la empresa realice dentro de la formación permanente ya descrita. En el caso de la formación permanente de actualización por las empresas de seguridad, dicho plan deberá ser revisado cada cierto tiempo para asegurar que se sigue adaptando a las necesidades y estrategia de la organización por razón de los servicios de seguridad privada prestados a los clientes.  

Los objetivos de este plan de formación son claros:

  • Detectar posibles carencias de los empleados en el ejercicio de sus funciones, para que no afecte a la calidad del servicio de seguridad prestado adaptándolo a las necesidades y riesgos de los clientes. En esta materia adquiere importancia capital la formación específica del articulo 8 de la Orden INT 318/2011 sobre personal de seguridad privada, dentro de la formación permanente.
  • Mejora de la productividad de la plantilla de forma general.
  • Proporcionar a los trabajadores nuevas oportunidades y contribuir a la mejora de su perfil profesional. Se trata en el fondo de que se genere una carrera profesional para el trabajador.
  • Mejorar el desempeño laboral al contribuir a la adquisición de nuevas habilidades, conocimientos y competencias. Para esta finalidad cumple un importante papel la formación permanente de actualización anual que debe recibir de forma obligatoria todos los profesionales de la seguridad, con independencia de su exigencia normativa.
  • Motivar a los trabajadores y aumentar su sentimiento de pertenencia a la empresa y de promoción profesional interna.
  • Contribuir a la cohesión de la cultura empresarial en los servicios de la seguridad privada.

"La formación permanente se debe conceptuar como una herramienta de cambio que permite a los profesionales de la seguridad desarrollarse tanto personal como profesionalmente"

"Es imprescindible trabajar en una correcta gestión de los planes de formación en la empresa e incluirlos en el plan estratégico de la compañía"

Empresas o entidades relacionadas

Asociación Europea de Profesionales para Conocimiento y Regulación de Actividades de Seguridad Ciudadana

Comentarios al artículo/noticia

Deja un comentario

Para poder hacer comentarios y participar en el debate debes identificarte o registrarte en nuestra web.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos

REVISTAS

TOP PRODUCTS

NEWSLETTERS

  • Newsletter Seguridad

    17/12/2024

  • Newsletter Seguridad

    10/12/2024

ÚLTIMAS NOTICIAS

EMPRESAS DESTACADAS

OPINIÓN

ENTIDADES COLABORADORAS

OTRAS SECCIONES

SERVICIOS