Buzones inteligentes en estaciones de servicio: nuevas oportunidades de negocio y eventual responsabilidad por daños
RESPUESTA: Actualmente son cada vez más las empresas que, buscando nuevas oportunidades de negocio en tiempos difíciles, están apostando por incorporar en sus instalaciones los conocidos como buzones inteligentes. Se trata de un servicio que está expandiéndose rápidamente y que permite a los usuarios recibir pedidos sin tener que encontrarse en su domicilio habitual. En definitiva, es un sistema de reparto alternativo al correo ordinario y a la entrega en tiendas adheridas a un sistema de reparto como puntos de recogida y, como tal, otro servicio a disposición de los usuarios que tengan el hábito de realizar compras online.
Las estaciones de servicio, por sus características y ubicaciones, se están convirtiendo en un punto estratégico para localizar estos buzones inteligentes, que consisten, básicamente, en un conjunto de taquillas a las que el vendedor puede enviar la compra realizada para su recogida por el comprador marcando simplemente un código. A cambio, la estación de servicio tendrá la oportunidad de aumentar sus ganancias y su clientela, percibiendo una retribución por la prestación de un servicio complementario a aquellos consumidores que acudan a la estación a recoger el producto comprado.
En España existe un gran número de empresas dedicadas a proporcionar este tipo de taquillas. De estar interesado en albergar una de ellas en la estación de servicio habría que estudiar la oferta del mercado y ver qué empresa ofrece las condiciones que más se ajustan a sus circunstancias. En cualquier caso, son muchas las compañías del sector petrolero que están llegando a acuerdos con grandes empresas que están expandiendo sus propias taquillas inteligentes para incorporarlas en las estaciones de servicio de sus respectivas redes.
A pesar de las indudables ventajas de este tipo de servicios como oportunidad de negocio e ingreso adicional, y como captación de posibles clientes para el combustible o la tienda de la estación de servicio, no deben olvidarse las eventuales responsabilidades que la implantación de estas taquillas puede implicar, por ejemplo, en el supuesto de que entre el depósito del producto hasta que el consumidor pase a recogerlo, alguien robe en la taquilla. También es importante determinar si la estación de servicio pudiese ser responsable, frente al consumidor o frente a la empresa distribuidora, por los eventuales daños que se produzcan en el producto almacenado o en el propio buzón por vandalismo, circunstancias meteorológicas, como tormentas, o por cualquier otro motivo. Es evidente que estas taquillas están preparadas con sistemas de seguridad; en gran medida funcionan con cerraduras electrónicas, sensores de apertura o de ocupación, e incluso algunas poseen grabaciones de imágenes. No obstante, es recomendable mantener una postura previsora ante las posibles circunstancias que pudieran ocurrir.
En principio, se ha de señalar que, según las regulaciones legales de defensa de los consumidores y usuarios, es la empresa que vende el producto la que responde frente al consumidor final respecto de los robos, extravíos o daños sufridos en el bien adquirido, con el fin de que el consumidor no tenga que estar reclamando a todos los intervinientes en la cadena. Sin perjuicio de ello, el vendedor eventualmente podrá repetir después contra el transportista o la empresa depositaria, en nuestro caso la estación de servicio, exigiendo indemnización o el restablecimiento del perjuicio causado por el daño o el robo.
En primer lugar, de producirse esa reclamación por parte del vendedor habrá que estar al tanto del contenido concreto de la relación jurídico-contractual que rija entre el propietario de los buzones y el titular de la estación de servicio. En el contrato se suelen prever supuestos como los descritos, con un reparto contractual de responsabilidades. Es de suma importancia, antes de la suscripción de cualquier contrato con los titulares de las taquillas, que analice detenidamente su contenido para ver si le conviene asumir las responsabilidades previstas en cada caso concreto.
Si, por cualquier motivo, no se contemplase en el contrato una regulación completa de los diferentes daños y responsabilidades que se pueden producir, de forma subsidiaria habría que aplicar las regulaciones legales existentes en materia de responsabilidad civil contractual y extracontractual. Podemos distinguir entre relaciones contractuales configuradas como una simple cesión de espacios (esto es, que la estación de servicio alquile determinada superficie de la estación para que se instalen los dispositivos, lo cual resulta lo más habitual) y contratos de depósito, en los que el titular de los buzones cede la obligación de guardia y custodia al responsable de la estación, y en cuyo caso, éste responderá de los menoscabos o daños que las cosas depositadas pudieran sufrir si se han producido por su negligencia.
No debe perderse de vista que normalmente las empresas proveedoras de estos buzones inteligentes establecen unos plazos concretos en los que el consumidor tiene que pasar a recoger el producto adquirido. Si el robo o daño se produjera fuera de ese periodo de custodia, el comprador no tendría derecho a indemnización, y la responsabilidad por lo ocurrido recaerá sobre él mismo, sin que, por tanto, en este supuesto, hubiera ningún tipo de responsabilidad o indemnización que reclamar a la estación.
En cualquier caso, y sin perjuicio de lo expuesto, siempre sería conveniente valorar la posibilidad de que el seguro de responsabilidad civil que tuviera la estación de servicio pudiera tener cobertura aseguradora para poder afrontar eventuales responsabilidades que pudieran surgir en relación con estos buzones inteligentes.
Con todo lo expuesto, se evidencia que la casuística puede ser variada, por lo que le recomendamos analizar detenidamente el contrato concreto que se le ofrece para asegurar el éxito de las oportunidades que ofrece para una estación de servicio el albergar uno de esos buzones inteligentes.