Sevilla quiere impedir la instalación de gasolineras a menos de 50 metros de edificios residenciales
Hasta ahora, el PGOU establecía esta distancia en parcelas calificadas como estaciones de servicios y en concesiones de puntos de servicio. No obstante, comunicaron fuentes del Ayuntamiento de Sevilla, habilitaba la posibilidad de poner puntos de suministro asociados a otros proyectos sin distancia mínima. El gobierno municipal evaluará durante el periodo de exposición pública y alegaciones si hay garantías jurídicas para ampliar la distancia por encima de los 50 metros.
El gobierno elevará al próximo Pleno la propuesta de modificación del PGOU que fue aprobada inicialmente en el Consejo de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente para evitar la instalación de los puntos de suministros de estaciones de servicio a menos de 50 metros de edificaciones existentes o de parcelas previstas en el planeamiento para usos de residentes o dotacionales. A partir de ese momento se abrirá un periodo de exposición pública y alegaciones durante el que se evaluará la posibilidad de incrementar esta distancia en función de los informes que se puedan recabar durante el proceso y siempre que se cuente con todas las garantías jurídicas.
“Queremos actuar con toda la seriedad, rigor y seguridad jurídica. Por eso, vamos a dar este paso de fijar la distancia de los 50 metros que tiene todas las garantías legales, y en función del proceso de exposición pública y alegaciones evaluaremos la posibilidad de que esta distancia sea mayor”, explicó el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz. La aprobación inicial, añaden desde el consistorio hispalense, supondrá de forma transitoria la suspensión de licencia para puntos de suministro a una distancia inferior a 50 metros.
El PGOU establecía hasta ahora una distancia de 50 metros con las viviendas o equipamientos en parcelas calificadas como estaciones de servicios y en concesiones de puntos de servicio. Sin embargo, esta limitación no afectaba a puntos de suministro asociados a otros proyectos. Concretamente, no había restricción urbanística para los establecimientos comerciales individuales o agrupados, centros comerciales, establecimientos de inspección técnica de vehículos o zonas o polígonos industriales que, de acuerdo con la normativa estatal, incorporan entre sus equipamientos instalaciones para suministro de productos petrolíferos a vehículos. La modificación del PGOU plantea que incluso en estos supuestos de uso asociado no podrá estar la gasolinera a menos de 50 metros de uno edificio residencial o de un equipamiento.