El II Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático, a consulta pública
El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico saca a información pública el borrador del II Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático, 2021-2030, una revisión del primer plan aprobado en 2006.
El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) 2021-2030 será el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada frente a los efectos del cambio climático en España en la próxima década. Sin perjuicio de las competencias que correspondan a las diversas Administraciones Públicas, el PNACC 2021-2030 definirá objetivos, criterios, ámbitos de trabajo y líneas de acción para fomentar la adaptación y la resiliencia frente al cambio del clima.
El borrador del PNACC 2021-2030 define y describe 81 líneas de acción sectoriales organizadas en 18 ámbitos de trabajo entre los que destacan salud humana, agua y recursos hídricos, biodiversidad y áreas protegidas, protección forestal, lucha contra la desertificación, y agricultura, ganadería, pesca y alimentación. También propone una nueva gobernanza, para facilitar la coherencia de la acción climática y favorecer nuevas prácticas en la forma de legislar, de planificar, de presupuestar, de gestionar y de informar, como respuesta a los riesgos derivados del cambio climático, tanto para las administraciones públicas como para el sector privado.
En el ámbito de la energía, se recogen las siguientes líneas de acción:
- Mejorar el conocimiento sobre los impactos del cambio climático en los potenciales de producción de las energías renovables y trasladar los resultados a la planificación energética.
- Mejorar el conocimiento sobre los impactos potenciales del cambio climático en la funcionalidad y resiliencia de los sistemas de generación, transporte, almacenamiento y distribución de la energía y concretar medidas de adaptación para evitar o reducir los riesgos identificados.
- Mejorar el conocimiento sobre los impactos del cambio climático en la demanda de energía e identificar medidas para evitar o limitar los picos de demanda, especialmente los asociados al calor.
- Identificar riesgos derivados de eventos extremos en las infraestructuras energéticas críticas y aplicar medidas para evitar su pérdida de funcionalidad.
La fecha de finalización del periodo de consulta queda en suspenso y será ajustada según lo establecido en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, relativa a la suspensión de plazos administrativos, el plazo para la recepción de observaciones se prolongará mientras sea de aplicación la citada suspensión de plazos administrativos, y hasta 15 días después de su finalización o derogación.
Para realizar comentarios y propuestas deberán utiliar la tabla de observaciones que aparece en la web de MITECO, enviando el archivo a esta dirección: bzn-oecc-adaptacion@miteco.es