El Ministerio de Transportes insta a las estaciones de servicio a que permitan a los transportistas acceder a servicios básicos
El Ministerio de Transportes Movilidad y Agenda Urbana dictó el 15 de marzo la orden TMA 229/2020 en la que se fijan medidas para facilitar la actividad de los transportistas y de esa forma garantizar el suministro de bienes y mercancías a la población.
En la orden el ministro del ramo, José Luis Ábalos, dispone que:
Los establecimientos de suministro de combustible que dispongan servicios de aseo deberán facilitar su uso a los conductores profesionales. Así mismo, los centros de carga y descarga que cuenten con este tipo de instalaciones, deberán facilitar en la medida de lo posible su uso a los conductores profesionales que realicen operaciones en ellos.
Las medidas que se puedan exigir a los conductores para el acceso a este tipo de instalaciones seguirán los criterios e instrucciones de prevención que con carácter general establezca el Ministerio de Sanidad, o las que dicho órgano pudiera establecer específicamente en este ámbito.
Asimismo, con objeto de posibilitar los descansos adecuados en cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, que son imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte, aquellos establecimientos que dispongan de cocina, servicios de restauración, o expendedores de comida preparada, deberán facilitar al transportista profesional un servicio de catering.