El 18 de agosto entró en vigor la modificación del Estatuto de los Consumidores, que obliga a incorporar, al menos, a un empleado de 7 a 22 horas
La Junta de Extremadura ya puede sancionar a las gasolineras desatendidas
En la exposición de motivos de la modificación del Estatuto de los Consumidores de Extremadura, aprobada el pasado mes de mayo por la Asamblea autonómica, se afirma que las gasolineras desatendidas constituyen un “peligro potencial para los usuarios con necesidades especiales, en caso de derrame de combustible, así como la imposibilidad de reclamar asistencia inmediata de algún responsable si se produce alguna eventualidad susceptible de riesgo para la salud o seguridad de los usuarios y consumidores a la hora de repostar”.
“A estos problemas”, añade la norma, “hay que añadir los que pueden afectar significativamente a las personas con algún tipo de discapacidad física o de movilidad”. En este tipo de instalaciones las personas discapacitadas ven agravados “los problemas de accesibilidad que ya padecen y merma o condiciona su derecho a la movilidad y accesibilidad en el consumo en condiciones de igualdad”, recordó en una nota de prensa la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES).
Tanto el colectivo presidido por Jorge de Benito como su socio en la comunidad extremeña, la Asociación Regional de Empresarios de Estaciones de Servicio de Extremadura (Aresex), “comparten plenamente los principios expuestos en la mencionada exposición de motivos, por lo que harán cuanto esté en su mano para hacer que se cumpla el recientemente modificado Estatuto de los Consumidores de Extremadura y se sancione a las gasolineras desatendidas que operan en la región”.
Desde CEEES se apunta que este tipo de instalaciones “suponen casi el 20% del total” de los puntos de venta de Extremadura, “con el consiguiente perjuicio para la seguridad, la igualdad y el empleo en la región”.