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La actual dirección de la petrolera afirma que velará por los intereses de sus accionistas

Sacyr y Pemex se alían para desplazar a Brufau e intentar tomar el control de Repsol

Revista Estaciones de servicio02/09/2011
EESS Digital.- Sacyr Vallehermoso, principal accionista de Repsol con un 20%, y Petróleos Mexicanos (Pemex), el socio industrial más antiguo de la compañía, que en la actualidad controla un 4,87% y pretende adquirir un 5% adicional próximamente, han firmado un acuerdo para votar de forma conjunta en las decisiones relevantes que se tomen en la petrolera.

Con este acuerdo, que el grupo constructor comunicó el pasado lunes a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Sacyr y Pemex sindican sus derechos de voto, que alcanzarán el 29,8% del capital social de Repsol, y pretenden conseguir de este modo contar con una representación en los órganos de administración y gestión "acorde" con su participación en el capital social de la compañía.

Además de esta meta, en una nota de prensa conjunta, ambas compañías explican que los objetivos de su acuerdo consisten en el mantenimiento de Repsol como compañía de bandera española e independiente; profundización en las mejores prácticas internacionales de Gobierno Corporativo y Responsabilidad Social Corporativa; eficiencia en la gestión de Repsol y de sus sociedades participadas, impulsando la coordinación y obtención de sinergias entre Repsol y sus participadas.

En la misma nota, Sacyr y Pemex detallan que otra de sus pretensiones consiste en lograr la separación de las funciones de presidente del Consejo de Administración y del primer ejecutivo (CEO) para que cada una la desarrolle un miembro del consejo". En la actualidad, ambos cargos son desempeñados por Antonio Brufau.

Sacyr y Pemex han firmado este acuerdo para sindicar su participación en Repsol tras la entrada en vigor este año de la ley de auditorías, que elimina los límites a los derechos de voto en las compañías cotizadas. Anteriormente, la petrolera tenía limitados sus derechos de voto al 10%.

Además, Sacyr y Pemex abogan por el mantenimiento de Repsol "como compañía de bandera española, independiente y líder en el sector energético ibero-latinoamericano", para lo que fomentarán su crecimiento internacional rentable, en particular en las áreas y negocios en que tenga una ventaja competitiva "clara".

De este modo, fomentarán la eficiencia en la gestión de la petrolera y de sus participadas, "en línea con las mejores prácticas sectoriales a nivel mundial", lo que consideran que contribuirá a una mejor valoración de la compañía por el mercado. Asimismo, comparten la visión de mejorar la coordinación y obtención de sinergias de las participadas relevantes de la petrolera, "en beneficio tanto de la compañía como de sus participadas".

Entre las materias que pudieran ser debatidas por el consejo de administración de Repsol, ambos socios se comprometen a alcanzar un acuerdo sobre el sentido del voto en aspectos como el plan de negocio, inversiones o desinversiones materiales que no hayan sido incluidas en el plan de negocio en el presupuesto anual, y el nombramiento de consejeros y directivos, así como sus remuneraciones.

Igualmente, los socios acuerdan no incrementar su participación agregada para que no supere el porcentaje máximo del 30% a partir del cual deben lanzar una OPA sobre el 100%. En el supuesto de que un tercero formulara una OPA sobre la totalidad del capital, ambos socios estudiarían la opción de formular una oferta competidora conjunta o bien de vender sus respectivas participaciones. Si sobre esta cuestión no alcanzaran un acuerdo, cualquiera de las dos partes podría lanzar una OPA competidora por su cuenta o desprenderse de su paquete accionarial.

Ambas partes se comprometen también a no vender o disponer total o parcialmente de su participación en Repsol durante un periodo de tres años, salvo si cualquiera de los instrumentos de cobertura contratados para el mantenimiento de la participación en Repsol así lo exigiera. El acuerdo, con 10 años de vigencia, se prorrogará automáticamente por plazos sucesivos de cinco, salvo que se notifique lo contrario por escrito con una antelación de un año.

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