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En 2006 se mantendrá el actual nivel impositivo del Impuesto sobre Hidrocarburos

El CPFF deberá analizar el texto que contempla la exención del IVMDH en el transporte

Revista Estaciones de servicio10/01/2006
AMDPress.- La preparación del proyecto de Ley que permite a las Comunidades Autónomas no aplicar al sector del transporte por carretera, el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) deberá disponer del previo análisis del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF)-órgano en el que concurren el Estado y las Comunidades Autónomas para debatir y acordar las cuestiones relativas a los tributos cedidos-.

El Gobierno explicó -en respuesta a una pregunta de la diputada del Grupo Parlamentario Popular, Ana María Madrazo- que la fecha prevista para aprobar este proyecto de Ley dependerá del análisis y aprobación del CPFF, así comom de su posterior recomendación al Gobierno para que prepare el proyecto de Ley, informa EFE.

Además, la posibilidad de que las Comunidades Autónomas puedan no aplicar el tipo autonómico del céntimo sanitario al gasóleo consumido por el sector del transporte de mercancías y viajeros por carretera, pasa también por la previa delimitación de la categoría del gasóleo profesional, que es el gasóleo al que se aplicará un tipo impositivo diferenciado en el Impuesto sobre Hidrocarburos y que se establecerá en 2007, destacó el Gobierno.

Entre las medidas acordadas el pasado mes de octubre, se establece el mantenimiento durante 2006 del actual nivel impositivo del Impuesto sobre Hidrocarburos y que su tipo será el mínimo permitido por la Unión Europea (UE) cuando se introduzca en 2007.

En virtud del acuerdo, el Ejecutivo habilitará a las Comunidades Autónomas, tanto a las que aplican esta tasa en la actualidad, como a las que puedan implantarlo en su momento, para que eximan al transporte profesional del pago de este impuesto partir de 2006 y durante 2007.

En el caso de que alguna Comunidad Autónoma decidiera aplicar el "nuevo" céntimo sanitario, un tramo adicional, y eximiera del pago de él a los transportistas, el Gobierno compensaría por esta cantidad a las comunidades, mientras que no lo haría en el caso del "antiguo" céntimo sanitario.

Además, el Estado reembolsaría al transportista el importe de la cuota autonómica del céntimo sanitario a través de los mecanismos implantados para articular el gasóleo profesional en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos.

Después de este periodo, la Administración y las patronales del sector se reunirán para analizar la situación en función de la evolución de los precios del gasóleo y de la carga fiscal que soporte el sector.

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