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Implicaciones de la normativa SEPA para las estaciones de servicio

Revista Estaciones de servicio24/01/2014
Sepa 2116
Sepa 2116
Autor: Aguayo Abogados

Las compañías petroleras están remitiendo a las estaciones de servicio formularios a rellenar para adaptar los sistemas de pagos actuales a los nuevos formatos SEPA (Single Euro Payments Area), la “zona única de pagos en euros”.

Se trata de un proceso de homogeneización en la forma de hacer pagos en euros. El SEPA afecta a los siguientes medios de pago: transferencias, tarjetas de pago y los llamados “adeudos directos” (o, lo que es lo mismo, el sistema de gestión de los recibos domiciliados).

Permitirá que los particulares, empresas y agentes económicos en los 33 países miembros, puedan efectuar y recibir pagos en euros con las mismas condiciones básicas, derechos y obligaciones en todo el territorio, tanto en operaciones nacionales como internacionales.

La migración hacia los nuevos estándares SEPA comenzó hace tiempo, coexistiendo en la actualidad con los esquemas de cada país. Un ejemplo de la armonización de pagos es el número IBAN que ahora deben tener todas las cuentas corrientes. El Reglamento comunitario nº 260/2012 , establece el 1 de febrero de 2014 como fecha límite para que las transferencias y adeudos nacionales sean reemplazados por los nuevos instrumentos SEPA.

Para determinados productos nicho (instrumentos de pago nacionales de uso minoritario como anticipos de crédito, recibos girados a través del cuaderno 32 y recibos en papel), la fecha límite para la migración a SEPA es el 1 de febrero de 2016. Por su parte, aquellos países que participan en SEPA pero cuya moneda nacional difiere del euro disponen de un plazo hasta el 31 de octubre de 2016.

Ante los lentos avances en los países afectados, la Comisión Europea propuso el pasado viernes ampliar seis meses el plazo de adaptación para minimizar los posibles riesgos de alteración de pagos por los retrasos en la transición. Esta propuesta, que ha de ser ratificada por el Consejo y el Parlamento Europeo, no altera la fecha de entrada en la SEPA, pero se está planteando que hasta el próximo 1 de agosto podrían seguir admitiéndose los formatos antiguos.

En cuanto a los formularios remitidos por las petroleras a las estaciones de servicio para adaptar los recibos domiciliados a los formatos adeudo directo B2B (aplicable específicamente a los empresarios), en caso de que el empresario no quiera firmarlos han de buscarse otras modalidades de pago y cobro.

Más información en el consultorio jurídico de la revista Estaciones de Servicio, elaborado mes a mes por los profesionales de Aguayo Abogados.

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