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Las infracciones leves serán sancionadas con 6.000 euros

La morosidad podrá ser sancionada con multas de hasta 900.000 euros

Revista Estaciones de servicio31/01/2014
Factura 2119
Factura 2119
La morosidad podrá ser sancionada con multas de hasta 900.000 euros según se recoge en el nuevo régimen sancionador, cuya tramitación legal ya se ha iniciado en el Congreso de los Diputados. La medida ha sido impulsada tras la celebración el pasado noviembre de II Cumbre Político-Empresarial organizada por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad.

Así, el pasado 21 de enero el Grupo Parlamentario de Convergencia i Unió presentó en el Parlamento la Proposición de ley de modificación de la actual legislación de lucha contra la morosidad para su tramitación parlamentaria.

Dicho proyecto introduce un nuevo régimen sancionador dirigido tanto a las empresas como a las entidades públicas que incurran en algunas de las infracciones previstas en dicha proposición de ley, estableciéndose cuantías que van desde los 6.000 euros para las infracciones leves (por ejemplo, pagar a 80 días) hasta los 900.000 euros para las infracciones muy graves.

Entre estas últimas se encuentran por ejemplo el incumplimiento sistemático de los plazos de pago en perjuicio de las pequeñas y medianas empresas o prevaliéndose de su situación de dependencia económica).

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