Confirma que todas las instalaciones deben contar con "al menos una persona"
La Junta de Andalucía da un portazo a las gasolineras desatendidas
Revista Estaciones de servicio11/04/2014
Agavecar 2
La Junta de Andalucía ha confirmado que todos los puntos de venta de carburante deben contar con al menos una persona en sus instalaciones, con lo que cierra de una vez por todas la puerta a las gasolineras desatendidas en el territorio andaluz. Así se desprende de un escrito que el Ejecutivo regional ha remitido a la Asociación Andaluza de Vendedores al por Menor de Carburantes y Combustibles (Agavecar) y que reproducimos en esta misma noticia.
La misiva de la Junta de Andalucía es la contestación a una pregunta que en su día le formuló Agavecar con respecto a la legalidad de las gasolineras fantasma en la comunidad autónoma. La asociación de gasolineros trasladó al Ejecutivo autonómico su preocupación acerca de la proliferación, al calor de la Ley 11/2013, de instalaciones low cost en otras comunidades autónomas, lo que ha provocado el surgimiento de “dudas e inquietudes” en la región andaluza.
En su respuesta a la consulta de Agavecar, la Junta recuerda que la propia Ley 11/2013, que modifica el artículo 43 bis de la Ley de Hidrocarburos, dice expresamente que las instalaciones que se dediquen a la distribución de carburante al por menor deben “cumplir con el resto de la normativa vigente que en cada caso les sea de aplicación, en especial la referente a metrología y metrotecnia y a protección de los consumidores y usuarios”.
Por este motivo, la Junta subraya que en Andalucía “permanece vigente el Decreto 537/2004”, que establece una serie de obligaciones para los titulares de instalaciones de suministro de carburantes. Esta norma especifica que “si se estableciera el sistema de autoservicio en horario diurno, deberá haber en el establecimiento, al menos, una persona para atender la solicitud de suministro de combustible que pudiera hacer algún cliente cuyas circunstancias personales le impidan o dificulten su realización”.
El Ejecutivo autonómico zanja de este modo la controversia que la instalación de gasolineras desatendidas había suscitado tanto en Andalucía como en otras comunidades autónomas, tal y como desvelamos en nuestra edición impresa correspondiente al mes de febrero de este año, en el que hacíamos una recopilación de las normas regionales que, de hecho, impiden la puesta en marcha de estaciones fantasma en no pocas regiones españolas.
La misiva de la Junta de Andalucía es la contestación a una pregunta que en su día le formuló Agavecar con respecto a la legalidad de las gasolineras fantasma en la comunidad autónoma. La asociación de gasolineros trasladó al Ejecutivo autonómico su preocupación acerca de la proliferación, al calor de la Ley 11/2013, de instalaciones low cost en otras comunidades autónomas, lo que ha provocado el surgimiento de “dudas e inquietudes” en la región andaluza.
En su respuesta a la consulta de Agavecar, la Junta recuerda que la propia Ley 11/2013, que modifica el artículo 43 bis de la Ley de Hidrocarburos, dice expresamente que las instalaciones que se dediquen a la distribución de carburante al por menor deben “cumplir con el resto de la normativa vigente que en cada caso les sea de aplicación, en especial la referente a metrología y metrotecnia y a protección de los consumidores y usuarios”.
Por este motivo, la Junta subraya que en Andalucía “permanece vigente el Decreto 537/2004”, que establece una serie de obligaciones para los titulares de instalaciones de suministro de carburantes. Esta norma especifica que “si se estableciera el sistema de autoservicio en horario diurno, deberá haber en el establecimiento, al menos, una persona para atender la solicitud de suministro de combustible que pudiera hacer algún cliente cuyas circunstancias personales le impidan o dificulten su realización”.
El Ejecutivo autonómico zanja de este modo la controversia que la instalación de gasolineras desatendidas había suscitado tanto en Andalucía como en otras comunidades autónomas, tal y como desvelamos en nuestra edición impresa correspondiente al mes de febrero de este año, en el que hacíamos una recopilación de las normas regionales que, de hecho, impiden la puesta en marcha de estaciones fantasma en no pocas regiones españolas.