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Gestores, CNMC y los expedientes sancionadores a Repsol, Cepsa y BP

Revista Estaciones de servicio21/07/2014
Gestores 2170
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Fuente: Aguayo Abogados
La noticia aparecida en los medios acerca del nuevo expediente sancionador no es más que el trámite para establecer y cuantificar, en su caso, la multa por el expediente por todos conocido en el que se decretaba el incumplimiento de las petroleras.

Tras la adaptación en su día de los acuerdos vinculados -derechos de superficie y usufructos- y a raíz de la Ley 11/2013, la adaptación de los abanderamientos, realmente los grandes olvidados de una solución conjunta son los contratos de gestión -los llamados ahora CODOS-, que son los gestores de toda la vida. Los gestores son los marginados de los distintos procesos de “legalización” de la red.

En un mercado en que tanto las estaciones blancas como las abanderadas y no digamos las operadas por las petroleras, van a tener un acceso a precios muy competitivos vía Platts, los gestores lo pueden tener muy complicado. Si dos franquiciados de Mc Donalds tienen que competir por el mismo cliente, pero a uno de ellos le ponen el precio de la hamburguesa mucho más cara que al otro, difícil será subsistir. Esto existe, como todos sabemos, desde hace años pero se puede agudizar en los próximos meses.

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), ha incoado tres expedientes sancionadores contra Repsol, Cepsa y BP por el incumplimiento de una resolución de la autoridad de competencia del año 2009 que ordenaba a las petroleras modificar su contratación para no fijar indirectamente los PVP de los combustibles. El 20 de diciembre de 2013, las autoridades de competencia volvieron a dictar una resolución concluyendo que las compañías seguían incumpliendo, no habían modificado sus contratos con los dealers y seguían fijando indirectamente los PVP.

Ahora se incoan nuevos expedientes sancionadores para valorar si los hechos constatados el pasado mes de diciembre son constitutivos de infracción y para determinar las multas que, en su caso, se impondrán.

Entendemos que el sector necesita soluciones y no multas. Las multas de poco han servido históricamente. Si no se consigue una apertura real de condiciones para que los empresarios afectados puedan competir, seguiremos como estábamos. La CNMC podría focalizar su esfuerzo en exigir una adaptación de estos acuerdos que permita competir a los gestores en condiciones de mercado.

Es complicado, pues el acceso de la inmensa mayoría de estos acuerdos viene viciado por la operación de compra de activos que hizo la Campsa a finales de los años 80, pero si no existe una salida digna, los gestores serán de nuevo los grandes perjudicados.

Ya analizamos en su momento que la CNMC ha sido terminante en la necesidad de modificación de los contratos CODO. Ha declarado de forma tajante que el que dichos contratos no se vean afectados por la Ley 11/2013 y no tengan que adaptarse no excluye en absoluto la aplicación a los mismos de la normativa sobre competencia y por ello la prohibición de las compañías de fijar, a través de sus cláusulas, los PVP. Pero la realidad del día a día nos dice que siguen dándose unas condiciones discriminatorias para los gestores que les hace complicado sobrevivir.

Deberíamos todos reflexionar y ponernos manos a la obra para que esta asignatura pendiente del sector encuentre soluciones.

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