Quien denuncie haber participado en pagos de este tipo quedará exonerado de
Prohibidas desde hoy las operaciones en efectivo de más de 2.500 euros
Revista Estaciones de servicio19/11/2012
EESS Digital.- Hoy, 19 de noviembre, entra en vigor la prohibición de formalizar operaciones comerciales en efectivo por valor de más de 2.500 euros siempre y cuando intervenga en ellas un empresario. La norma, que está incluida en la ley de lucha contra el fraude aprobada por el Gobierno a finales de octubre, pretende poner coto a la evasión de impuestos, para lo que el Ejecutivo ha copiado las fórmulas puestas en marcha en otros países como Francia e Italia.
Los infractores de la norma se enfrentan a multas cuya cuantía pude llegar al 25% de la cantidad pagada en metálico. La sanción será pagada de forma solidaria tanto por el pagador como por el cobrador, aunque la norma incluye un artículo que favorece al delator.
Así, quien participe en una operación comercial en la que se realicen pagos en efectivo de más de 2.500 euros y la comunique a Hacienda quedará exonerado de culpa, siempre y cuando no hayan transcurrido tres meses desde que se formalizara el pago. De hecho, la Agencia Tributaria ha habilitado un espacio en su web desde el que pueden tramitarse las denuncias.
La nueva Ley antifraude establece que se deberán guardar los resguardos y recibos de pago durante cinco años para justificar que no se realizaron en efectivo. En cualquier caso, la limitación hasta 2.500 euros no afecta a los pagos e ingresos realizados con bancos y entidades de crédito.
Los infractores de la norma se enfrentan a multas cuya cuantía pude llegar al 25% de la cantidad pagada en metálico. La sanción será pagada de forma solidaria tanto por el pagador como por el cobrador, aunque la norma incluye un artículo que favorece al delator.
Así, quien participe en una operación comercial en la que se realicen pagos en efectivo de más de 2.500 euros y la comunique a Hacienda quedará exonerado de culpa, siempre y cuando no hayan transcurrido tres meses desde que se formalizara el pago. De hecho, la Agencia Tributaria ha habilitado un espacio en su web desde el que pueden tramitarse las denuncias.
La nueva Ley antifraude establece que se deberán guardar los resguardos y recibos de pago durante cinco años para justificar que no se realizaron en efectivo. En cualquier caso, la limitación hasta 2.500 euros no afecta a los pagos e ingresos realizados con bancos y entidades de crédito.