Pasan de 49 a 10 millones de euros en 2012
El Gobierno recorta casi un 80% las subvenciones a los coches eléctricos
Revista Estaciones de servicio27/02/2012
EESS Digital.- El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes recortó casi un 80% las subvenciones estatales destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos, que han pasado de los 49 millones aprobados en noviembre del pasado año a 10 millones de euros. De la reunión ministerial del 24 de febrero salió un real decreto que revisa la dotación prevista en el Real Decreto 1700/2011, aunque mantiene las mismas normas reguladoras y el sistema de gestión de las ayudas aprobadas en mayo de 2011.
Desde el Ministerio de Industria, Energía y Turismo explican que ese recorte de las ayudas a la adquisición de coches eléctricos compatibiliza el objetivo de esfuerzo reducción del gasto con el apoyo a la demanda de este tipo de vehículos con las consecuentes sinergias positivas de eficiencia entre el sector de automoción y el de energía, y la incorporación de tecnología nueva e innovadora.
En virtud del real decreto aprobado el pasado viernes, el ministerio subvencionará un 25% del precio de venta antes de impuestos del vehículo, con un máximo de 6.000 euros por unidad para flotas y usuarios particulares y de hasta 30.000 euros para los vehículos grandes (como autobuses), dependiendo del tipo de vehículo. Las ayudas se concederán, con el mismo sistema utilizado en 2011, a aquellas solicitudes presentadas entre el 1 de enero al 30 de noviembre de 2012.
Los beneficiarios de las subvenciones podrán ser personas físicas, autónomos, empresas, administraciones públicas y las sociedades o entidades que tengan consideración de carácter público estatal, autonómico o local.
Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España, ya sean turismos (categoría M1), furgonetas (N1), furgones (N2), autobuses (M2 y M3), motocicletas (L3e y L5e) o cuadriciclos, tanto ligeros (L6e) como pesados (L7e).
La subvención del 25% del precio de venta antes de impuestos del vehículo completo incluye sus baterías propulsoras. En caso de que el vehículo objeto de la ayuda no incluyera sus baterías propulsoras, el porcentaje pasará del 25% al 35%, manteniendo los límites mencionados con anterioridad.
Dependiendo del tipo de vehículo y de su autonomía (en modo exclusivamente eléctrico) se establecen una serie de límites a estas ayudas. Así, el Grupo 1, integrado por vehículos de las categorías M1, N1, L6e, L7e, L5e, L3e, podrá beneficiarse de ayudas de 2.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km.
Esa cuantía puede ascender a los 4.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica de entre 40 y 90 kilómetros y hasta los 6.000 euros para las unidades que puedan recorrer más de 90 kilómetros en modo eléctrico.
Por su parte, el denominado Grupo 2, formado por vehículos microbuses M2 y comerciales N2 podrán recibir hasta 15.000 euros de las arcas públicas, siempre que su autonomía sea superior a 60 kilómetros. Con este alcance, los vehículos integrados en el Grupo 3 (autobuses y autocares M3) podrán beneficiarse de hasta 30.000 euros de subvención.
Desde el Ministerio de Industria, Energía y Turismo explican que ese recorte de las ayudas a la adquisición de coches eléctricos compatibiliza el objetivo de esfuerzo reducción del gasto con el apoyo a la demanda de este tipo de vehículos con las consecuentes sinergias positivas de eficiencia entre el sector de automoción y el de energía, y la incorporación de tecnología nueva e innovadora.
En virtud del real decreto aprobado el pasado viernes, el ministerio subvencionará un 25% del precio de venta antes de impuestos del vehículo, con un máximo de 6.000 euros por unidad para flotas y usuarios particulares y de hasta 30.000 euros para los vehículos grandes (como autobuses), dependiendo del tipo de vehículo. Las ayudas se concederán, con el mismo sistema utilizado en 2011, a aquellas solicitudes presentadas entre el 1 de enero al 30 de noviembre de 2012.
Los beneficiarios de las subvenciones podrán ser personas físicas, autónomos, empresas, administraciones públicas y las sociedades o entidades que tengan consideración de carácter público estatal, autonómico o local.
Las ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España, ya sean turismos (categoría M1), furgonetas (N1), furgones (N2), autobuses (M2 y M3), motocicletas (L3e y L5e) o cuadriciclos, tanto ligeros (L6e) como pesados (L7e).
La subvención del 25% del precio de venta antes de impuestos del vehículo completo incluye sus baterías propulsoras. En caso de que el vehículo objeto de la ayuda no incluyera sus baterías propulsoras, el porcentaje pasará del 25% al 35%, manteniendo los límites mencionados con anterioridad.
Dependiendo del tipo de vehículo y de su autonomía (en modo exclusivamente eléctrico) se establecen una serie de límites a estas ayudas. Así, el Grupo 1, integrado por vehículos de las categorías M1, N1, L6e, L7e, L5e, L3e, podrá beneficiarse de ayudas de 2.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km.
Esa cuantía puede ascender a los 4.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica de entre 40 y 90 kilómetros y hasta los 6.000 euros para las unidades que puedan recorrer más de 90 kilómetros en modo eléctrico.
Por su parte, el denominado Grupo 2, formado por vehículos microbuses M2 y comerciales N2 podrán recibir hasta 15.000 euros de las arcas públicas, siempre que su autonomía sea superior a 60 kilómetros. Con este alcance, los vehículos integrados en el Grupo 3 (autobuses y autocares M3) podrán beneficiarse de hasta 30.000 euros de subvención.