La CNMC “detecta que existen barreras de entrada y ejercicio para la apertura” de gasolineras desatendidas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó el 25 de agosto un informe de posición (PRO/CNMC/002/16) referente a la regulación del mercado de distribución de carburantes de automoción a través de gasolineras desatendidas. Para ello, “ha realizado un análisis exhaustivo de la regulación española aplicable a los formatos de gasolineras y, en especial, a las desatendidas”.
Como resultado del mismo, la CNMC “ha identificado diversas barreras a la entrada y el ejercicio en esta actividad que, de forma innecesaria o desproporcionada, cercenan la libertad de empresa y la libre elección de los consumidores, dañando al interés general”, informaron fuentes del organismo regulador.
La CNMC destaca la aprobación de diversas normativas autonómicas que obligan a contar con al menos un empleado en horario diurno. “En ocasiones, se pretende vincular esta discriminación entre formatos con el mantenimiento del empleo, la seguridad de la instalación o la protección de los consumidores. Por el contrario, esta imposición destaca como especialmente injustificada y no se corresponden con la evidencia disponible en la Unión Europea y en España”.
Desde la CNMC se apunta que a nivel europeo las unidades de suministro desatendidas “han representado, durante años, un formato habitual en numerosos mercados de la Unión Europea. La competencia no ha originado mayores riesgos para la seguridad del usuario y sí ha reportado beneficios para los consumidores en términos de mayor variedad, innovación y, especialmente, menores precios”.
En lo que respecta a España, la CNMC asegura que se ha constatado “que las cooperativas agrarias han operado durante décadas numerosos puntos de suministro de carburantes sin incidentes destacables y sin la carga que representaría contar obligatoriamente con una persona física en el terreno”.
La CNMC, continúan fuentes del órgano presidido por José Marín Quemada afirma haber detectado “otras barreras a la entrada y al ejercicio que discriminan entre formatos, reducen la tensión competitiva en el mercado de distribución minorista de carburantes y son incompatibles con la regulación económica eficiente. Su permanencia, e incluso la mera amenaza de su introducción, dificulta la prestación del servicio a precios más eficientes, limita la variedad y la calidad de los formatos disponibles y ralentiza la innovación”.
Como consecuencia, la CNMC formula varias recomendaciones para incrementar la competencia en la distribución minorista de carburantes y favorecer al interés general. Así, es partidaria de eliminar “toda disposición normativa, en proceso o en vigor, que prohíba o discrimine, de forma directa o indirecta, las gasolineras automáticas o desatendidas”.
Además, propone “evitar la restricción cuantitativa actual que limita la capacidad de las cooperativas agrarias para servir carburantes a consumidores no socios. Dicha regulación limita innecesariamente su capacidad de competir voluntariamente en el servicio de distribución minorista de carburantes de automoción”.
La CNMC, asimismo, propone “asegurar que la normativa de prestación del servicio aplicable a las cooperativas, sin restricciones, se aplique de forma no discriminatoria a todo tipo de gasolineras desatendidas o automáticas”, dar forma a “redacciones alternativas a diversas exigencias o requisitos adicionales como la obligación de disponer de hojas de reclamación, recipientes de medida calibrados o guantes y papel de un solo uso en las gasolineras”, puesto que a juicio de la CNMC “dichas exigencias, si no están ajustadas a los principios de necesidad y proporcionalidad, pueden suponer costes administrativos desproporcionados que dificulten o impidan el funcionamiento de numerosas gasolineras”.