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Aprobado el Real Decreto con los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM).

El sector eólico ve en los POEM un paso hacia el despliegue de la eólica marina en España

Redacción Interempresas01/03/2023

El Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto con los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM), relativos a las cinco demarcaciones marinas españolas: noratlántica, sudatlántica, del Estrecho y Alborán, levantino-balear y canaria. La Asociación Empresarial Eólica (AEE) ve en la aprobación del Real Decreto una señal de salida que el sector eólico esperaba para el despliegue de eólica flotante en España.

El sector eólico considera que la aprobación de los POEM significa una paso necesario y positivo para iniciar el despliegue de eólica marina en...
El sector eólico considera que la aprobación de los POEM significa una paso necesario y positivo para iniciar el despliegue de eólica marina en España

Los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo son un instrumento estratégico transversal que, por primera vez en nuestro país, permite un aprovechamiento óptimo del espacio marítimo, reduciendo conflictos y potenciando coexistencias y sinergias.

Los POEM deben garantizar la protección de los ecosistemas, hábitats y especies sensibles y vulnerables, incluidos los protegidos por normativa autonómica, nacional o supranacional. Son un instrumento de planificación que se renueva cada seis años, por lo que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2027.

Asimismo, deben servir para garantizar la sostenibilidad de las actividades humanas en el mar y, al mismo tiempo, facilitar el desarrollo de los sectores marítimos y la consecución de los objetivos que dichos sectores se han fijado, con especial atención a aquellos establecidos para cumplir los compromisos del Pacto Verde Europeo, el Acuerdo de París, la Estrategia de adaptación al cambio climático de la UE y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad a 2030, entre otros.

El sector eólico considera que la aprobación de los POEM significa un paso necesario y positivo para iniciar el despliegue de eólica marina en España, en un momento en el cual los países de nuestro entorno ya disponen de sus planificaciones. Es fundamental tener conocimiento de las zonas donde será posible instalar los parques eólicos marinos para que el sector eólico pueda avanzar con el desarrollo de los proyectos y movilizar las inversiones en el corto plazo.

En una primera valoración, el sector eólico valora el resultado como positivo ya que identifica superficie suficiente como para realizar el despliegue contemplado para 20230 en la Hoja de Ruta de la eólica marina y las energías del mar.

La ordenación coherente de los Planes de Ordenación constituye, además, un aspecto fundamental para evitar conflictos futuros y asegurar que la convocatoria de las futuras subastas y la tramitación posterior de los proyectos adjudicados pueda realizarse de manera eficaz.

Con carácter general, las zonas que permiten un desarrollo más eficiente de los proyectos de eólica marina son las que cumplen con los siguientes criterios simultáneamente:

  • Disponer de buen recurso eólico (Vmedia > 9m/s), lo que permite obtener factores de capacidad elevados.
  • Estar situadas a profundidades razonables (P < 200m).
  • Tener un tamaño elevado (S > 150-200 km2). Por economías de escala, aumentar el tamaño de los proyectos permite reducir costes.
  • Situarse a una distancia reducida de la costa. Aunque no es el factor más determinante, distancias cortas permiten reducir la longitud de la línea de evacuación y pueden eliminar la necesidad de instalar subestación flotante. Por el contrario, distancias más elevadas reducen el impacto visual, lo que facilita la tramitación de los proyectos.
  • Contar con condiciones de accesibilidad aceptables que no encarezcan en demasía las operaciones de mantenimiento. El factor principal de accesibilidad son las ventanas temporales de estados de mar que permiten el acceso seguro de barcos de transferencia de tripulaciones.
  • Además, es necesario que exista capacidad de evacuación disponible en las proximidades, ya sea existente, planificada (Planificación de la Red de Transporte 2021-2026) o en Nudos calificados como de Transición Justa.
Es fundamental tener conocimiento de las zonas donde será posible instalar los parques eólicos marinos para que el sector eólico pueda avanzar con el...
Es fundamental tener conocimiento de las zonas donde será posible instalar los parques eólicos marinos para que el sector eólico pueda avanzar con el desarrollo de los proyectos y movilizar las inversiones en el corto plazo.

Para que España pueda aprovechar su posición y la oportunidad tecnológica, económica, social y ambiental que supone el despliegue de la eólica marina, el sector considera que se debe avanzar en una serie de ámbitos imprescindibles, a un ritmo competitivo con los países de nuestro entorno, entre los que podemos destacar: la regulación para la tramitación de los proyectos, el diseño de subastas y su próxima convocatoria, así como un calendario que proporcione visibilidad, además de una coordinación en el despliegue de la red necesaria. De igual modo, hay que trabajar en mejorar la aceptación social, tanto por parte de los sectores empresariales, como por parte de las administraciones e instituciones, para vencer el rechazo social que existe en algunos ámbitos geográficos.

Cabe destacar que la Hoja de Ruta para el desarrollo de la Eólica Marina y de las Energías del Mar, aprobada en diciembre de 2021, establece como objetivo en 2030 una potencia instalada de eólica marina de hasta 3 GW.

Zonas de uso prioritario y zonas de alto potencial

En el proceso de elaboración de los POEM se han identificado un conjunto de Zonas de Uso Prioritario (ZUP) para actividades de interés general y otras Zonas de Alto Potencial (ZAP) donde priman las actividades sectoriales que requieren ocupación específica y su potencial uso en tiempos futuros.

Las ZUP comprenden la protección de la biodiversidad; los yacimientos de áridos destinados a la protección costera ambientalmente evaluados; la protección del patrimonio cultural; la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i); la defensa nacional y la seguridad en la navegación.

Las ZAP, por su parte, se refieren a la conservación de la biodiversidad; los yacimientos de áridos que podrían destinarse a la protección costera; la I+D+i; la actividad portuaria; el desarrollo de la energía eólica marina y la acuicultura marina.

En cada una de estas zonas se establecen disposiciones para facilitar la coexistencia del uso prioritario o de alto potencial con otros usos y actividades. Esta ordenación se ha realizado a partir de criterios de coexistencia sostenible, criterios para la integración de las interacciones tierra-mar, y otros.

La información geográfica utilizada y generada en los POEM se puede consultar, a la escala y precisión adecuadas, en el sistema de información INFOMAR, que además aglutina el conjunto de información generada por las administraciones públicas, en el ámbito de la aplicación de las directivas europeas con incidencia en el medio marino: http://www.infomar.miteco.es/visor.html.

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